Buscan crear «Ley Anti Discrimen Cibernético»
26 de mayo de 2021 - Conferencias de prensa sobre el rechazo en la Cámara de Representantes sobre el nombramiento de Larry Seilhamer como secretario de estado. En la foto: los novoprogresistas Carmelo Ríos, José Aponte, Keren Riquelme y Wanda Del Valle
La medida tiene el fin de siempre tener accesibles servicios «tradicionales» en lugar de solo digital.
Reconociendo que no todo el mundo tiene acceso a la digitalización, la senadora Keren Riquelme radicó el Proyecto del Senado 823, que crearía la Ley Anti Discrimen Cibernético para que las agencias de gobierno, a pesar de modernizarse, tengan siempre acceso a servicios de manera “tradicional”.
«La disponibilidad de equipo tecnológico, la capacidad del equipo para manejar los programa o formatos digitales en uso por las agencias, la destreza del ciudadano en el manejo de sistemas cibernéticos, la calidad de la cobertura del servicio de internet en su lugar de residencia, o las condiciones de capacidad cognoscitiva o diversidad funcional que puedan dificultar o impedir el uso de la tecnología, entre muchos otros factores, resulta determinante en si el ciudadano recibe o queda excluido del disfrute de los servicios públicos que le asistirían a alcanzar una vida plena», dice la exposición de motivos de la autoría del proyecto de la senadora novoprogresista Keren Riquelme.
Así las cosas, Riquelme puntualizó que es necesario se les provea a estos beneficiarios la alternativa de solicitar servicios públicos a través de medios tradicionales.
El Artículo 3 de la medida propone que independientemente del método, sistema, plataforma o medio, sea o no digital, utilizado por cualquier entidad gubernamental para dar acceso a los servicios públicos que brinda, o para recabar información de la ciudadanía que los solicite, mantendrá una versión impresa de los documentos y formularios de solicitud de los servicios que ofrece, disponible a cualquier solicitante que lo requiera.
Sin embargo, según la autora, esta ley no será un obstáculo para que las agencias puedan innovar, sino que será una oportunidad para que ambas oportunidades estén presentes.
El Artículo 6 del PS 823 dispone que la ley no se interpretará como una prohibición o limitación de clase alguna a la facultad de cualquier entidad gubernamental para desarrollar e implementar cualquier otro método, sistema, plataforma o medio que entienda conveniente, sea o no digital, para proveer acceso público a los servicios que brinda.
«La Asamblea Legislativa entiende que esta medida garantiza a todos los sectores de nuestra sociedad el acceso igualitario a los servicios públicos, mientras adelantamos significativamente en la ruta que Puerto Rico se ha trazado hacia el acceso franco a los servicios públicos a través de sistemas y tecnologías de clase mundial», concluye la exposición de motivos.
La pieza fue radicada el 1 de abril, y el 4 de abril fue referida a la Comisión de Innovación, Telecomunicaciones, Urbanismo e Infraestructura.
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