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Evalúan referir a Ética al Comisionado del Negociado de Energía por contrato con LUMA

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Edison Avilés Deliz recalcó que carecía de interés económico, directo o indirecto, con algún proponente o contratante, pero fue citado a una vista ejecutiva con legisladores.

El comisionado del Negociado de Energía, Edison Avilés Deliz, podría ser referido a la Oficina de Ética Gubernamental por posible conflicto de interés en relación al controvertible contrato de LUMA Energy, según se discutió durante una vista pública de la Cámara de Representantes.

Avilés Deliz fue citado para una vista ejecutiva —o sea, a puerta cerrada con legisladores— hoy, jueves, a las 10 a.m. para decidir si incurrió en violaciones a la Ley de Ética, según el representante Luis Raúl Torres Cruz.

“La evaluación que realizó el Negociado de Energía respecto al Contrato Preliminar [de LUMA Energy] se limitó a la determinación de que dicho acuerdo cumple con la política pública energética de Puerto Rico y el marco regulatorio vigente”, reiteró Avilés Deliz en más de una ocasión a la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía.

El año pasado, el representante del consumidor ante la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Tomás Torres Placa, apuntó a la existencia del conflicto de interés, mientras que el el presidente de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego, Ángel Figueroa Jaramillo, exigió la renuncia del funcionario.

Avilés Deliz señaló que el Negociado proporcionó ayuda técnica a la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP) durante el proceso de licitación competitiva, pero el contrato fue resultado único de la negociación entre la entidad y los licitadores.

A preguntas del representante Denis Márquez Lebrón, el Comisionado del Negociado de Energía reveló que en el proceso firmó acuerdos de confidencialidad en su carácter personal y a raíz de su cargo en la entidad pública y como integrante del Comité Alianza que evaluó las propuestas de empresas interesadas en operar y mantener el sistema de transmisión y distribución de la AEE.

No obstante, Avilés Deliz recalcó que carecía de interés económico, directo o indirecto, con algún proponente o contratante, los requisitos que dispone la Ley 29 de 2009 sobre las AAPP para determinar si hay conflictos de interés.

Como es conocido, el pasado 22 de junio de 2020, la AEE, la AAPP, LUMA Energy, LLC y LUMA Energy Servco, LLC, firmaron un acuerdo a esos fines, transacción con un cúmulo de críticas. El pacto se enmarcó en las disposiciones de la Ley 120 de 218, que estableció el marco legal para la venta, disposición y transferencia de los activos, las operaciones y los servicios de la AEE.

“Al inicio se pensaba que estaban restando poderes al Negociado de Energía. En la práctica y a lo largo de este proceso nos hemos dado cuenta que es lo contrario, que el gobierno está doblemente protegido, porque tenemos la AAPP y al Negociado de Energía en la fiscalización”, aseguró Avilés Deliz.

La Ley 120, además, facultó al Negociado de Energía a evaluar de manera limitada el contrato preliminar con LUMA para determinar si cumplía con la política pública energética y el marco regulatorio. La empresa recibió de la entidad un Certificado de Cumplimiento de Energía, el cual Avilés Deliz indicó que su voto no fue determinante para otorgarlo.

La política pública, que se nutre de las mencionadas Ley 120 y la Ley 29, busca transformar el sistema eléctrico, disminuir el uso de combustibles fósiles y emplear energías renovables, a toda vez que el consumidor tiene más opciones y competitividad a la hora de elegir su sistema de energía eléctrica.

“La misma competencia que tenemos en los teléfonos es lo que queremos para el sistema eléctrico. Al final del día, lo que se quiere es que cuando LUMA opere el sistema, es que lo pague ella misma y genere unos ahorros que luego van a mejorar el sistema. Que LUMA nos lleve a un mejor sistema. LUMA está obligada a seguir el Plan Integrado de Recursos y tiene que cumplir con eso”, destacó Avilés Deliz.

El Negociado de Energía fue creado en el 2014, con el fin de reglamentar, supervisar, fiscalizar y asegurar el cumplimiento de la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico. En el 2018, fue consolidado bajo la Junta Reglamentadora de Servicio Público (JRSP) con otros tres negociados. Avilés Deliz también preside la JRSP.

El Negociado, de acuerdo a su comisionado, participa en las transacciones de la AEE de tres formas:

El funcionario subrayó que el Negociado de Energía no aprobó el contrato de LUMA Energy ni pasó juicio sobre el procedimiento seguido por la AAPP para el acuerdo ni sus aspectos laborales a menos que estuvieran relacionados al cumplimiento con la política pública energética y el marco regulatorio.

La aprobación del contrato, señaló, recae únicamente en la Junta de Directores de la AEE, la Junta de Directores de la AAPP y el Gobernador de Puerto Rico. En esa línea, confesó que el Negociado de Energía tiene un rol limitado en la fiscalización de los acuerdos de la AEE.

“Nosotros seguimos regulando a LUMA como si fuera la Autoridad de Energía Eléctrica”, indicó Avilés Deliz.

Durante la vista no se descartó que LUMA Energy tuviera potestad para aumentar la tarifa de energía eléctrica. A preguntas de los legisladores, el Comisionado del Negociado de Energía explicó que la empresa fue elegida porque ofrecía un trabajo por 30 millones menos que la competencia y porque, en su momento, estaba más avanzada en términos de cumplir con las disposiciones de un contrato, pues había “hecho su due diligence”.

El día antes de la cita de Avilés Deliz, el director ejecutivo de la AAPP, Fermín Fontanés Gómez, compareció en vista pública y defendió el contrato de LUMA Energy y el mecanismo de alianza público-privada que se utilizó para concretarlo.

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