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Juez federal ‘llanero solitario’ no se leyó al Supremo antes de negar matri

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Juez federal ‘llanero solitario’ no se leyó al Supremo antes de negar matri

El juez federal que se resiste a reconocer la constitucionalidad del matrimonio gay en Puerto Rico, a la luz del caso del Tribunal Supremo federal que lo reconoció, pasó por alto tambien expresiones del Supremo de Puerto Rico que reconocen la aplicación de dicha decisión federal.

Que el Tribunal Supremo de Puerto Rico se exprese sobre la constitucionalidad del matrimonio gay en la Isla fue una de las condiciones que puso el juez Juan M. Pérez Giménez en una orden en la que se niega a emitir un veredicto cónsono con el caso federal que reconoció la constitucionalidad del matrimonio entre personas del mismo sexo.

El caso que incumbe a Pérez Giménez es el que encabezan la activistay abogada Ada Conde junto a su esposa y otras parejas homosexuales que desde 2014 piden al Gobierno de Puerto Rico el reconocimiento de sus matrimonios realizados fuera de la jurisdicción. El caso está radicado desde antes de la histórica decisión del Supremo federal sobre el matrimonio gay y después de que el tribunal apelativo federal también avalara la aplicación de la doctrina en Puerto Rico, pero tanto los demandantes como los propios funcionarios demandados pidieron conjuntamente a Pérez Giménez que emitiera un dictamen.

Aún así el Juez, en orden emitida ayer, se resiste indicando que aunque la controversia entre las partes del caso está resuelta el tribunal tiene que velar por los derechos que puedan tener las personas ajenas al caso. Determinó también que la constitucionalidad del matrimonio gay no aplica directamente a Puerto Rico y que solo lo reconocería si: a) el mismísimo Supremo federal declara que aplica a la Isla, b) que el Supremo de Puerto Rico lo declare, c) que el Congreso lo legisle, o d) que la Legislatura de Puerto Rico revoque la ley que define el matrimonio como una unión heterosexual.

El Juez parece pasar por alto las expresiones del Supremo local en el caso mediante el cual un grupo de representantes novoprogresistas pretendió detener la aplicación de las órdenes ejecutivas del Gobernador que viabilizan el reconocimiento del matrimonio igualitario en la Isla. Allí varios jueces emitieron opiniones. En la suya, el juez Edgardo Rivera dijo que ‘Puerto Rico no puede negarse a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo’. ‘Ese es el derecho vigente y según el cual todos los tribunales, incluyendo esta Curia, deben regirse’, concluyó.

El juez Pérez Giménez comienza su orden citando un caso del Supremo federal sobre la ‘moralidad’ del matrimonio como fuente de todo ‘progreso beneficioso’ en la política y la sociedad. El caso es de 1885.

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