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Todo un misterio el fin del ‘barrilito’ colado en el nuevo IVU

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Todavía es un misterio quienes serán los beneficiados de los recursos del Fondo de Mejoras Municipales que la Legislatura mantuvo en la nueva Ley 159, la cual tambien introdujo enmiendas al Impuesto sobre las Ventas y Uso (IVU) en servicios, conocido como el IVU B2B.

Al momento las portavoces de los presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado no pudieron precisar a NotiCel si ya habían acordado a cuáles municipios y para qué proyectos se destinarían los recursos del Fondo.

En medio del debate por la imposición del IVUB2B y los servicios prestados por los profesionales designados, la Legislatura coló una enmienda que permite el uso de hasta un 15% de los recursos de los Fondo de Mejoras Municipales para financiar otro tipo de servicios brindados a la ciudadanía.

La propuesta que fue criticada de inmediato por los portavoces del Partido Nuevo Progresista (PNP) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) en el Senado, dispone que ‘se podrá distribuir hasta un máximo de un 15% de los recursos del Fondo de Mejoras Municipales para atender situaciones relacionadas con servicios directos y esenciales a la ciudadanía, tales como: servicios dirigidos a atender a la población de niños, jóvenes y envejecientes, así como servicios directos dirigidos a programas para mejorar la calidad de la vida de los residentes en comunidades desventajadas’.

En la nueva Ley 159 se establecieron cuatro parámetros que la Legislatura deberá seguir para asignar recursos a los municipios. A saber: 1. que los programas deben estar establecidos y tienen que contener requisitos y medidas de control a través de un reglamento; 2. que los recursos asignados no se pueden utilizar para sufragar gastos operacionales ni para sustituir fondos que antes se usaban para pagar gastos de nómina o contratos; 3. que los recursos se tienen que utilizar dentro de un término de un año, y la Legislatura podrá reasignar el sobrante al cabo de dicho vencimiento; y 4. las entidades gubernamentales que reciban los fondos deberán rendir informes tanto al municipio como en Secretaría de la Cámara y el Senado.

‘Dicho informe deberá incluir, pero sin limitarse la cantidad de empleos generados y la población atendida mediante la asignación de fondos. Los informes deben incluir, sin que constituya una limitación, un detalle de los servicios prestados, la población atendida, la cantidad de fondos utilizados y una métrica o evaluación de la efectividad que la prestación del servicio tuvo en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas servidas. Estas condiciones deben formar parte del acuerdo de servicios entre el municipio o entidad gubernamental y la entidad contratante’, agregaron.

El Fondo de Mejoras Municipales se creó originalmente durante la administración de Luis Fortuño a través del Código de Rentas Internas del 2011. Allí se estipuló que .1 por ciento de los recaudos que se levantaran del .5 por ciento del IVU que le corresponde a los municipios serían destinados a este Fondo.

La Asamblea Legislativa aprobaría mediante legislación la asignación de recursos para financiar proyectos de obras y mejoras permanentes en los ayuntamientos. Entre ellos, las mejoras a escuelas públicas, y obras y mejoras permanentes en comunidades de escasos recursos económicos, en residenciales públicos, en facilidades recreativas y deportivas, y en la rehabilitación o construcción de viviendas para personas de escasos recursos.

Meses después de la aprobación de la Ley 1 del 2011, la Legislatura dio paso a la Ley 231 del 2011, que permite que se destinen recursos del Fondo para la ‘adquisición y mantenimiento de equipos muebles para escuelas del sistema de educación pública e instituciones sin fines de lucro’.

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