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Movimiento de maestros en reforma de Bhatia llegaría a tribunales

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Movimiento de maestros en reforma de Bhatia llegaría a tribunales

Desligar al magisterio del gobierno central y unirlo en vez a un ‘patrono híbrido’ como propone el presidente senatorial, Eduardo Bhatia, pudiera ser motivo de litigio, según un abogado laboral vinculado al magisterio, puesto que pudiera tener la consecuencia de que le cobijen los derechos constitucionales a la negociación colectiva y a la huelga, garantizados a ‘instrumentalidades del gobierno que funcionen como empresas o negocios privados’.

Eso opinó el licenciado, Ricardo Santos Ortiz,quien ha representado a la Federación de Maestros en litigios anteriores.

Consideró que el proyectodel Senado 1456 entra en una zona gris,aldelegar las funciones ministeriales del Secretario de Educación a una entidad gubernamental autónoma, denominada ‘Junta de Alianzas e Innovación Educativa’ que creará su propio sistema de personalexento de las leyes de negociación colectiva o de recursos humanos en el servicio público.

Este organismo tendrá la facultad de certificar las entidades sin fines de lucro o municipios, que cumplen con los requisitos para administrar el 15% de las escuelas públicas más rezagadas.

Santos Ortiz expuso que al prohibir a los maestros de los derechos de sindicalización de la Ley 45 de 1998, ‘está jugando con un área gris en Puerto Rico’, puesto a que únicamente los empleados del Gobierno central están impedidos del derecho a la huelga garantizado en la Constitución tanto a empleados del sector privado como de corporaciones públicas.

La Constitución establece que ‘los trabajadores de empresas, negocios y patronos privados y de agencias o instrumentalidades del gobierno que funcionen como empresas o negocios privados tendrán, en sus relaciones directas con sus propios patronos, el derecho a la huelga, a establecer piquetes y a llevar a cabo otras actividades concertadas legales’.

Más aún, la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico (Ley 130 de 1945) también establece claramente, el derecho a la negociación colectiva y a la huelga como ‘factores esenciales para el desarrollo económico de Puerto Rico’, al garantizar la ‘paz industrial, salarios adecuados y seguros para los empleados, así como la producción ininterrumpida’en el sector privado.

‘Al estar exlcuidos del gobierno central, y estar bajo patrono híbrido entre sector público y privado, existe un derecho válido constitucional de negociación colectiva’, analizó.

Tanto la Federación de Maestros, como la Asociación de Maestros radicaron una solicitud para ser representantes exclusivos del gremio para la negociación colectiva, ante la Comisión Apelativa de Servicio Público.

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