 
                 
                            Un juez superior de San Juan falló en contra del programa de las llamadas ‘comunidades especiales’ y declaró nulo todo el proceso de identificación y designación de 10 de esas comunidades en el municipio de Guaynabo, ya que el alcalde de la ciudad, Hector O’Neill, nunca fue consultado ni pudo participar en la implantación del programa.
El pleito legal incoado por el alcalde O’Neill en 2007 estuvo basado en que para la designación de las llamadas ‘comunidades especiales’ en los sectores de Los Filtros, Camarones, Corea, Jerusalén, Sabana y Vietnam , la entonces gobernadora Sila Calderón, ni la directora del programa, Linda Colón, dieron participación al alcalde a lo largo del proceso, como ordena taxativamente la ley número 1 de 2001 que dio vida al programa.
Inclusive, planteó el alcalde O’Neill durante una moción original solicitando un interdicto provisional y permanente que derivó en una solicitud de sentencia declaratoria, a él no sólo no se le dio participación en el programa sino que se le mantuvo al margen de toda la acción desarrollada, que tuvo como consecuencia, entre otras, que el municipio sufriera daños económicos por más de $11.5 millones.
Tales daños económicos –que el municipio deberá reclamar en un recurso próximo ante los tribunales– estuvieron relacionados con proyectos de vivienda que el propio municipio había iniciado y tuvo que paralizar ante la intervención inconsulta del programa de las llamadas ‘comunidades especiales’.
No obstante los proyectos en marcha por el municipio que fueron detenidos o quedaron sin concluir, el programa de las llamadas ‘comunidades especiales’ nunca adelantó los suyos propios, según fue establecido en la demanda del municipio.
Aunque la parte demanda insinuó durante el pleito legal que al alcalde se le había enviado una carta informándole del propósito de la identificación y designación de las 10 comunidades, tanto la entonces directora del programa como el ayudante especial de la gobernadora Calderón con injerencia en el programa declararon que nunca vieron la referida carta.
El juez superior Carlos E. Carrasquillo Soto, en tanto, determinó la semana pasada que la mera ‘información’ al alcalde no sustituía el requisito legal que hace mandatoria su participación efectiva a lo largo de todo el proceso. El alcalde O’Neill, en tanto, aseguró que nunca recibió la carta que se alegó le habían cursado.
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