La presidenta de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Liza M. García Velez, desestimó el jueves la impugnación que presentó la empresa Indra Puerto Rico en contra de la subasta para un sistema de escrutinio electrónico para las próximas elecciones.
García Vélez sostuvo la determinación de la Junta de Subastas, que el 9 de abril rechazó la impugnación porque se presentó fuera de tiempo.
Indra había impugnado el pliego de subasta aduciendo que contradecía el espíritu y la letra de la Resolución 249 que estableció unas guías para la implantación del sistema. Además, alegó que el pliego de subasta indicaba que se concederían puntos adicionales a los licitadores con sistemas de OpScan con certificaciones 2005 VVSG, que solo las poseen ciertas compañías. Se quejó también de que se requirieran algunas especificaciones técnicas de equipo electrónico para la interacción con el votante, excluyendo firmas con equipo que no tienen dichas herramientas.
‘Resolvemos que la Junta de Subastas de la CEE actúo correctamente al determinar que Indra había presentado su impugnación al RFP (requerimiento de propuestas) fuera del término provisto por la Sección 7.2 del Reglamento de Subastas y confirmamos su determinación’, dice la resolución emitida por García Vélez.
La funcionaria dijo que de esa forma se preserva la autonomía funcional de la Junta de Subastas en la adjudicación de uno de los proyectos más importantes para el ordenamiento electoral puertorriqueño. ‘Máxime cuando existe prueba en el expediente que representantes de Indra recogieron el RFP el día 30 de marzo y es de nuestro conocimiento que sus inquietudes fueron atendidas por la propia Junta en la reunión pre subasta y por escrito en la sección de preguntas y respuestas en días pasados’, sostuvo.
La convocatoria para la subasta se publicó el 30 de marzo de 2015, y que en esa misma fecha la Secretaria de la Junta de Subastas de la CEE entregó a Manuel Hernández Alime, representante de Indra, dos copias del RFP.
‘En vista de lo antes expuesto, es evidente que Indra tenía un término de tres días contados a partir del 30 de marzo de 2015 para presentar su impugnación al RFP. Por tal razón, el término para presentar la impugnación vencía el jueves 2 de abril de 2015. Sin embargo, Indra no presentó su impugnación ante la Junta de Subasta hasta el miércoles 8 de abril’, señala el escrito del organismo electoral.
La Presidenta de la CEE rechazó el argumento de la empresa de que los días 2 y 3 de abril fueron festivos, por ser Jueves y Viernes Santo, ya que asumiendo que eso fuese correcto, la fecha para radicar la impugnación debió ser el 6 de abril.
‘Utilizando cualquiera de las dos fechas de vencimiento, la impugnación presentada por Indra estaba fuera de término’, dijo.
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