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Revés para estudiantes de medicina que demandaron por la reválida (document

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La jueza Rebecca de León Ríos desestimó una demanda de 24 estudiantes de medicina que alegaba que la Junta de Licenciamiento y Disciplina Medica de Puerto Rico incumplió con su deber de asegurarse que la reválida fuera administrada de forma justa y fundamentada en criterios estadísticos confiables.

Los estudiantes, en su mayoría provenientes de escuelas de medicina del extranjero, sometieron una demanda de interdicto, mandamus, sentencia declaratoria y daños en abril 2012 en la que pedían la posposición de la reválida pautada para mayo del 2012 hasta que se verificase que la Junta seguía un proceso estandarizado.

Además, pidieron que la Junta estableciera una nota mínima de pase retroactiva que no fuera arbitraria y solicitaron pago de danos.

Los estudiantes alegaron que la Junta no publicó los temas a examinarse; fijó un 75% como nota de pase de forma arbitraria; estableció notas de pases distintas en las diferentes reválidas; no orienta a los estudiantes sobre el proceso de reválida y no notifica los resultados adecuadamente.

El Tribunal en mayo del 2012 denegó la solicitud de interdicto y la petición de mandamus y refirió el resto de la controversia a un trámite ordinario de resolución. Los estudiantes apelaron al Tribunal Apelativo que denegó la solicitud y estableció que no hubo prueba de que el fundamento que usó la Junta para establecer en 75% la nota de pase de la reválida fuera caprichoso o abusivo.

En su decisión emitida el 26 de diciembre, la Jueza concluyó que la Junta actuó conforme a la ley que autoriza a la entidad regular la práctica de la medicina. Según de León Ríos, la ley autoriza a la Junta a contratar organizaciones para administrar y evaluar el examen de reválida. También la autoriza a proveer el examen de reválida dos veces al año y determinar la nota de pase.

‘La Junta deberá establecer la puntuación requerida para aprobar dichos exámenes’, dice la decisión.

Al desestimar la demanda, de León Ríos dijo que el derecho a dedicarse a una profesión no es absoluto y está sujeto a las condiciones que establezca la Legislatura en el ejercicio de su poder regulador.

La tarea de corroborar que un ciudadano posee las cualificaciones para practicar una profesión se ha delegado a juntas examinadoras con amplia discreción en la fijación de normas y procedimientos.

La Junta de Licenciamiento delegó a la National Board of Medical Examiners, que es la entidad que administra el United States Medical Licensing Exam en Estados Unidos, la administración del examen de reválida en Puerto Rico en base a una nota de pase de 75%, que es la puntuación para aprobar el USMLE.

De León Ríos además concluyó que bajo la ley la Junta no está obligada a usar un sistema sicométrico en un examen que es idéntico al de Puerto Rico sino que sea parecido o similar.

‘Su decisión estuvo basada en un acreditado modelo’, indicó.

La decisión de la Jueza viene luego de que saliera a relucir en octubre que el 100% de los estudiantes que tomó la reválida local en mayo se colgó.

El presidente del Colegio de Médicos Cirujanos, Eduardo Ibarra, indicó en esa ocasión que el problema no son los estudiantes sino el examen.

entencia tribunal – NotiCel_5099

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