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Torruella: Excluir electores aumenta el déficit de democracia en PR

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Lejos de los fuegos artificiales, las arengas partidistas repetitivas y el control de masas que marca este fin de semana de cierres de campaña, en las últimas horas se ha librado una lucha legal campal por el manejo de los aproximadamente 300,000 electores que quedaron fuera de las listas cuando no se reactivaron.

Lo que originalmente se peleó en el Tribunal Federal hasta llegar al Primer Circuito de Apelaciones, tuvo también una versión local que llegó hasta el Tribunal Supremo y que todavía tiene enfrentadas a ambas jurisdicciones con insinuaciones de que cada una de las jurisdicciones puede iniciar casos criminales si ocurren cualquiera de las dos vertientes de la controversia: si un elector fuera de listas vota, o si un funcionario de colegio no permite el voto de un elector que está fuera de las listas.

Para recapitular, la controversia de los excluidos comienza cuando, tras la carrera de los partidos por reactivar electores, una votante que no se reactivó y quedó fuera de las listas somete una demanda alegando que esa acción violenta dos leyes federales. Aunque el secretario de Justicia federal comparece para decir que una de las leyes aludidas no aplica a Puerto Rico, un panel de jueces federales entiende que la demandante tiene posibilidades de triunfar y ordenan una vista para conocer la viabilidad de implantar una solución que le permitiera votar el martes. La jueza federal Carmen Consuelo Cerezo determina que hay un método que permitiría a estos electores votar, y es que su voto se procese a través de los Colegios de Añadidos a Mano. Pero cuando la ‘solución’ llega al panel de jueces apelativos, estos no la aceptan y rehusan tomar acción sobre la elección de 2012, aunque la controversia queda abierta para atenderse de cara a futuros comicios.

Ahí entonces entra el comisionado electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), Edwin Mundo, en los tribunales locales buscando una orden para evitar que los nombres de esos eletores aparezcan en las listas y para que, si alguno comparece el martes, se le prohiba votar bajo amenaza de procesamiento criminal. Esa brecha llega hasta el Tribunal Supremo, donde se valida esa visión y se determina que ese tipo de colegio sólo estará disponible para electores habilitados, y no electores excluidos.

Mientras tanto, en la esfera federal, los abogados de la demandante sometieron una moción urgente al tribunal para que proteja a los electores excluidos de la amenaza de procesamiento criminal. Incluso, sometieron una carta a la fiscalía federal para que los proteja y ponga en vigor las leyes federales que ellos sostienen le aplican a esos electores.

Con esas solicitudes pendientes, el panel de jueces federales apelativos emitió su razonamiento para no aceptar la solución de la jueza Cerezo. En ese escrito, el juez puertorriqueño Juan R. Torruella compareció con un disenso en el que critica el que sus compañeros jueces se revoquen a si mismo al decir que ahora no tiene validez lo que antes entendían que sí tenía.

Torruella criticó que, por un lado, el tribunal apelativo interprete que a los puertorriqueños les aplica la pena de muerte federal porque no es posible que el Congreso tuviera la intención de excluir a Puerto Rico de una ley que cubre a todos los demás estados, y, por el otro, interprete que el Congreso no tenía la intención de que aquí aplicaran leyes electorales que aplican en el resto de los estados.

‘Siento decir que una vez más, la renuencia de este tribunal para reconocer violaciones crasas de derechos fundamentales resulta en el ensanchamiento del déficit democrático que ya asalta a los ciudadanos estadounidenses de Puerto Rico’, dijo en su disenso del viernes.

Ese mismo día, emitió otro disenso cuando el resto de sus compañeros jueces rehusó entrar en una solicitud de emergencia de los demandantes. En esa segunda ocasión, incluyó una advertencia de que puede haber procesamiento criminal si a los electores excluidos no se les permite votar el martes.

‘Si se establece la validez (del reclamo de los excluidos)… y se demuestra que se interfirió con los derechos de los demandantes, cualquiera que sea responsable de esa conducta muy bien podría ser sujeto a responsabilidad civil y criminal bajo estatutos federales’, advirtió.

Primer Circuito Caso Excluidos NotiCel_435

Tribunal Supremo disidentes Caso Excluidos NotiCel_436

Tribunal Supremo mayoritaria Caso Excluidos NotiCel_437

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