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Apelativo saca a Rivera Guerra de la papeleta PNP (documento)

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El Tribunal Apelativo falló a favor del Partido Nuevo Progresista (PNP) el martes e inhabilitó al representante José Luis Rivera Guerra como candidato del Distrito 17 de Aguadilla-Moca para las elecciones de noviembre.

‘Se declara Con Lugar la solicitud de descalificación promovida por la parte apelante y se inhabilita al aquí apelado para figurar como candidato bajo la insignia del Partido Nuevo Progresista en las próximas elecciones generales’, indica la sentencia del Apelativo, suscrita por el panel de jueces compuesto por su presidenta Gretchen Coll Martí, Nélida Jiménez Velázquez e Ivelisse Domínguez Irizarry.

El PNP pidió al Tribunal Apelativo que revocara la sentencia emitida por el Tribunal de Aguadilla el pasado 30 de abril en la que declaró no ha lugar una Solicitud de Descalificación de Aspirante, con lo que Rivera Guerra fue certificado como candidato tras haber cumplido con todos los requisitos exigidos por el Comité Evaluador de Candidatos de la Palma y por lo que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) lo certificó como candidato.

‘Tras analizar los argumentos de ambas partes de epígrafe a tenor con las particularidades de los eventos en cuestión y de toda la evidencia debidamente admitida por el foro sentenciador, no nos queda más que coincidir en que el comportamiento alegado es uno altamente cuestionable. Estamos frente a un funcionario público a quien se le imputó la comisión de una serie de eventos que son punibles. El asunto no solo versa sobre unas meras alegaciones’, agrega la sentencia de 32 páginas.

Por otra parte, el documento menciona que ‘el apelado fue sometido al crisol de la Comisión de Ética de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, foro que concluyó que sus actos y omisiones vulneraron las normas de conducta impuestas a sus miembros’.

Rivera Guerra enfrentó una amonestación de la Comisión de Ética por irregularidades relacionadas a las conexiones de agua y luz de sus residencias del área oeste, con el pago de contribuciones y con los permisos de construcción.

‘Por otra parte, precisa destacar que el apelado nunca refutó las imputaciones que se le hicieren. De hechos, surge de la regrabación de los procedimientos su aceptación en cuanto a que, a la fecha de iniciada la investigación, no había satisfecho los impuestos pertinentes en el CRIM. Del mismo modo, lejos de rebatir las alegaciones en cuestión, el apelado trató de escudar sus faltas en el incumplimiento de otras personas’, añade la determinación del Foro Intermedio.

Para leer la sentencia pulse aquí.

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