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Tribunal dominciano defiende su fallo contra naturalización de haitianos

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Santo Domingo – El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana defendió hoy la cuestionada sentencia que emitió a finales de septiembre y que establece el criterio para adquirir la nacionalidad del país, negando este derecho a los hijos de extranjeros indocumentados.

El fallo, que ha provocado críticas locales y de organismos como la ONU, fue emitido a finales del septiembre a raíz de un recurso de revisión de amparo interpuesto por Juliana Deguis Pierre, de 29 años, contra la Junta Central Electoral (JCE) por una sentencia de primera instancia que le negó la cédula de identidad y electoral.

El TC argumentó que, conforme al artículo 11.1 de la Constitución dominicana de 1966 (vigente a la fecha de nacimiento de Deguis Pierre), no le corresponde la nacionalidad dominicana, y, por tanto, tampoco la cédula de identidad y electoral.

La sentencia puede afectar a unas 250.000 personas nacidas en República Dominicana, la mayoría de origen haitiano, además de alrededor de 35.000 hijos de padres de diferentes nacionalidades.

En un comunicado firmado por su presidente, Milton Ray Guevara, el TC reiteró hoy, tal y como lo establece la Constitución local, que son dominicanos ‘todas las personas que nacieren en el territorio de la República, con excepción de los hijos legítimos de los extranjeros residentes en la República en representación diplomática o que estén de tránsito en ella’.

En ese sentido, explicó que la jurisprudencia tradicional dominicana reconoce como extranjeros en tránsito a los que no tienen domicilio legal en la República Dominicana o a los que carecen de permiso legal de residencia.

‘No se trata, en consecuencia, de una nueva categoría migratoria introducida por el Tribunal Constitucional. Se trata de la letra y del espíritu de los textos constitucionales’, señaló el magistrado.

El juez negó, además, que la sentencia tenga carácter retroactivo o que convierta en apátridas a los hijos de los extranjeros en tránsito, ya que, según explicó, en el caso particular de los hijos de haitianos en tránsito, la Constitución del vecino país establece que obtendrán la nacionalidad todas las personas nacidas en el extranjero de padre y madre haitianos.

Ray Guevara defendió el espíritu de la sentencia y recordó que esta dispuso la elaboración de un plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país, a cargo del Consejo Nacional de Migración, cuya elaboración fue aprobada por el Gobierno la semana pasada.

El presidente del TC expresó, además, su ‘satisfacción’ por la ‘respetuosa’ acogida que ha tenido el fallo, inapelable, tanto en el Poder Ejecutivo como en otras dependencias y la iglesia católica dominicana.

No obstante, expresó su respeto ‘a las opiniones disidentes, que son consustanciales a la vida democrática’.

‘Confiamos plenamente en las autoridades que tienen la responsabilidad de aplicar los mandatos de nuestra sentencia y de que la misma se cumplirá con estricto apego a los derechos fundamentales y valores que consagra nuestra Constitución, en especial la dignidad humana, la integridad personal, la libertad y la seguridad ciudadana’, señaló.

Asimismo, exhortó a los poderes públicos responsables de la aprobación y puesta en ejecución del plan nacional de regularización de extranjeros ilegales radicados en el país a adoptar ‘todas las providencias necesarias para que el mismo se aplique con el más absoluto respeto de las prerrogativas del ser humano, particularmente en el caso de las personas de comprobado arraigo y lealtad a los principios cardinales de la República Dominicana’.

Por último, reiteró ante la comunidad nacional e internacional ‘su compromiso indeclinable de garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales’.

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