Los fraudes incluyen estafas telefónicas y fraudes románticos, hasta la manipulación indebida de sus cuentas bancarias por parte de terceros con intenciones maliciosas, entre otros.
Juan R. Costa/NotiCel
Durante el año fiscal que culminó el pasado 30 de junio, el Departamento de la Familia recibió 911 referidos de posibles casos de explotación financiera de adultos mayores.
La secretaria de la Familia, Suzanne Roig Fuertes, dijo haber visto con buenos ojos esa cifra, aunque preocupante, “porque necesitamos los referidos”, agregó la titular al justificar el Protocolo Interagencial que la agencia puso en marcha en enero pasado para la Detección, Atención, Coordinación e Investigación de Referidos de Alegada Explotación Financiera Contra los Adultos Mayores y Adultos con Impedimentos.
Previamente, el Buró Federal de Investigaciones (FBI, en inglés), ha advertido sobre el aumento de esquemas fraudulentos contra adultos mayores en Puerto Rico.
Los fraudes incluyen estafas telefónicas y fraudes románticos, hasta la manipulación indebida de sus cuentas bancarias por parte de terceros con intenciones maliciosas, entre otros.
Asimismo, el uso de inteligencia artificial (IA) representa una piedra de tropiezo porque facilita la falsificación de documentos y duplicación de identidades con una sofisticación sin precedentes.
“Puerto Rico se encuentra entre las jurisdicciones más afectadas por estos delitos con un número considerable de víctimas. Personas que al perder sus ahorros de toda la vida, enfrentan grandes consecuencias económicas y emocionales no solo por el fraude, sino porque los perpetrados muchas veces nos son por organizaciones criminales y estafadores, son los propios miembros de la familia”, agregó Roig Fuertes durante su ponencia en la vista pública convocada por la de la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional, para atender la Resolución del Senado 75.
El panel, que contó con la representación del Departamento de Justicia, Policía y la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras, pretende realizar una investigación sobre los protocolos bancarios y medidas implementadas por las instituciones financieras para prevenir la explotación financiera en la población de 60 años o más.
“Esta investigación legislativa examinará de forma rigurosa los protocolos de detección, prevención y respuesta actualmente implementados por las instituciones financieras y las agencias gubernamentales. La explotación financiera son muchas cosas que hemos descubierto. La seguridad económica de nuestros adultos mayores no puede continuar siendo afectada por personas inescrupulosas y delincuentes que se aprovechan de los ahorros que bien pudieron realizar en sus años productivos esta población”, expresó la senadora Wandy Soto Tolentino, autora de la medida y presidenta de la comisión que ordena la investigación.
Aunque el Departamento de la Familia se adjudicó a sí mismo la principal responsabilidad ante de la protección de los adultos mayores y personas con impedimentos, reconoce que tratar el asunto de explotación financiera implica un esfuerzo interagencial en busca de soluciones conjuntas.
“Nosotros estamos en este momento fortaleciendo la educación, la capacitación de nuestros trabajadores sociales y del personal del departamento. Yo apuesto siempre a la educación… De la misma manera el tema de sensibilidad para atender los casos”, precisó Roig.
Por su parte, la licenciada Wildaly Figueroa y la fiscal Brenda Rosado, en representación del Departamento de Justicia, reiteraron el respaldo al R. del S. 75 por considerarlo “una acción legislativa afirmativa”.
En cuanto a los esfuerzos para prevenir o atender la explotación financiera de adultos mayores, Figueroa explicó que “el Departamento de Justicia atiende los casos de explotación financiera de adultos mayores el Código Penal, al amparo de los Artículos 127-CS y 127-D. Además, garantiza protección bajo la Carta de Derechos, y establece mecanismos de prevención e investigación conforme lo dispuesto en la Ley Núm. 76-2020”, dijo la deponente.
Explicó además que “para que el Ministerio Público pueda probar un caso de explotación financiera de persona de edad avanzada o incapacitada, debe establecerse como elemento esencial que la persona imputada se apropió de $2,500 o más. Nótese que, este artículo establece que cuando la cantidad involucrada en la explotación financiera sea hasta $2,500 se tipifica como un delito menos grave. En el caso de que la cantidad apropiada sea mayor de $2,501 se clasifica como delito grave”.
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