Senado aprueba prohibición de uso de ‘four tracks’ en la vía pública
El Senado de Puerto Rico aprobó a viva voz durante la sesión del jueves, el Proyecto Sustitutivo del Senado al Proyecto del Senado 86 y el Proyecto del Senado 426 con las enmiendas propuestas por la Comisión de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Transportación a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico con relación a los ‘Four Tracks’.
Las medidas enmiendan la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico a los fines de aclara lo que constituye un vehículo todo terreno. Además, permiten tipificar como delito el no inscribir en el registro de dichos vehículos; otorga a la Policía de Puerto Rico la facultad de confiscar los vehículos todo terreno bajo ciertas circunstancias y establece la edad mínima para operarlos además de las sanciones penales correspondientes por la violación de la ley.
‘No podrán transitar por las autopistas, carreteras estatales o demás vías públicas, estatales o municipales, que estén pavimentadas, aquellos vehículo todo terreno, triciclo, o ‘four tracks’, según definidos en el Artículo 1.11 de esta Ley’, indica el texto aprobado.
La legislación sólo permitirá el uso de los todo terreno, triciclos o ‘four tracks’ en predios de terreno o instalaciones públicas destinadas para su disfrute, así como instalaciones privadas con el debido permiso del dueño del lugar. El todo terreno solo podrá ser utilizado por una persona mayor de 16 años con el equipo de protección necesario y no se permitirá un segundo pasajero. El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) establecerá un periodo de 60 días a partir de la vigencia de la Ley para que los dueños acudan a registrar los vehículos todo terrenos.
Además será prohibido transitar en áreas naturales protegidas, tales como Reservas Naturales, Bosques Estatales, Refugios de Vida Silvestre y cauces de ríos, ecosistemas de dunas o humedales, entre otras áreas, según sean designadas o protegidas mediante ley, sin embargo se exceptúa a funcionarios públicos para facilitar el cumplimiento de sus funciones de seguridad en las zonas protegidas.
Será requisito la registración de estos vehículos y se establecerá una amnistía de sesenta días a partir de la vigencia de esta Ley.
Las enmiendas propuestas responden a los reclamos hechos por la Policía de Puerto Rico, El Departamento de Recursos Naturales, el DTOP, la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, el DRD, así como de los dueños de los ‘Four Tracks’ y familiares que han perdido seres queridos en accidentes con estos vehículos.
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