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La Calle

Favorecen que los penales puedan arrestar sin orden judicial

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Varias agencias favorecieron el martes enmiendas a la ?Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba? a fin de que se le atribuya a los oficiales de corrección la facultad para que puedan arrestar sin orden judicial a personas que se encuentren bajo libertad a prueba y violenten las condiciones impuestas a su probatoria.

Las agencias avalaron también la propuesta de limitar el derecho a la fianza a algunos casos de asesinatos. Ambas propuestas las hizo el gobernador Luis Fortuño en su último mensaje de estado.

El Departamento de Justicia, el Departamento de Corrección y la Policía endosaron el Proyecto del Senado 2529 propone que se faculte a los oficiales correccionales a gestionar, por si o en coordinación con funcionarios del orden público, el arresto inmediato de aquellos que violenten las condiciones impuestas para la libertad a prueba; eliminar el requisito de la vista ex parte sobre determinación de revocación de la libertad a prueba, y reservar su celebración para aquellas circunstancias en que, habiendo ponderado las circunstancias del caso, el Ministerio Publico lo considere necesario.

En vista pública de la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos de la Judicatura, presidida por el senador Roger Iglesias, el Jefe de los Fiscales Obdulio Meléndez Ramos avaló la aprobación de la pieza legislativa por entender que crearía un mecanismo que permitirá implantar las peticiones de revocación de probatoria presentadas contra los que se alegue que han incumplido las condiciones que les han sido impuestas bajo la ‘Ley de Sentencia Suspendida y Libertad a Prueba’. A la vez, podría desalentar la comisión de nuevos delitos por parte de aquellos ofensores que disfrutan del privilegio.

Por su parte el secretario de Corrección, Jesús González Cruz, indicó que la aprobación de la medida facultará a los oficiales y técnicos de servicios sociales-penales con las herramientas necesarias para supervisar a los probandos y tomar acciones inmediatas ante el incumplimiento de las condiciones y garantizar la seguridad de la ciudadanía en general.

‘Los números están ahí, de las aproximadamente 8,700 personas que tenemos en probatoria anualmente, a 1,200 de ellas se le levantan querellas por incumplimiento de condiciones, 300 de ellas adicional por comisión de nuevo delito, o sea, que estamos hablando que un aproximado de 1,500 personas anualmente. Nosotros lo que queremos es que mediante este proyecto que estamos endosando es garantizar que la comunidad se sienta tranquila de que esta persona a la cual se le ha dado un privilegio -porque hay que estar bien claro que la sentencia suspendida no es un derecho es un privilegio que se creó en Puerto Rico mediante ley- esté cumpliendo con esas condiciones’, apunto González Cruz.

En representación de la Policía, la Lcda. Estrella Mar Vega avaló la aprobación del proyecto e indicó que ‘si bien la rehabilitación es un derecho de estirpe constitucional, el mismo debe estar en balance con otro interés de jerarquía insuperable: la seguridad del colectivo’.

Por otra parte, las tres agencias dieron su endoso al Proyecto del Senado 2527 que dispone que en caso de que un individuo incumpla con ciertas condiciones de la fianza impuesta, y cuando se imputen los delitos especificados, el Tribunal ordenará el arresto del imputado, revocará la fianza y ordenará su encarcelamiento hasta que se emita el fallo correspondiente, sujeto a los términos de juicio rápido.

‘La presente medida es cónsona con la máxima constitucional de que la dignidad del ser humano es inviolable, por lo que corresponde al Estado ofrecer unas garantías a todos los ciudadanos de vivir de manera segura’, argumentó el titular de Corrección.

‘Entendemos que en el escenario propuesto se estaría cumpliendo con el requisito constitucional de garantizar el derecho del imputado a permanecer en libertad bajo fianza antes de mediar un fallo condenatorio. Tal derecho no se le niega al imputado o al acusado, sino que se le regula o condiciona’, expresó por su parte el jefe de los fiscales Obdulio Meléndez, en representación del Departamento de Justicia.

En tanto, Estrella Mar Vega de la Policía destacó que ‘aunque somos conscientes del rango constitucional del derecho a la fianza, ello no puede ser óbice a que una persona a quien el juez hubiera impuesto condiciones para estar libre en lo que se enfrenta al juicio, incumpla con las condiciones impuestas, si es imputado por la comisión de delitos graves, sin que ello acarree la pérdida de su libertad, sujeto a las máximas constitucionales de juicio rápido’.

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