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Junta ordena suspender nueva reforma laboral, pero Gobernador se niega

Por Jane Cooper Jul 19, 2022
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Junta ordena suspender nueva reforma laboral, pero Gobernador se niega

17 de enero de 2017.Movilización multisectorial contra la reforma laboral.

El ente fiscal tiene objeciones con la Ley 41 mediante la que la Legislatura y el Gobernador reinstalaron algunos beneficios para trabajadores del sector privado que se habían eliminado en la Administración Rosselló Nevares.

La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) ordenó al gobernador Pedro Pierluisi Urrutia que suspenda la aplicación en el sector privado de la Ley 41 mediante la que revirtieron algunas de las reducciones de beneficios laborales que se registraron durante la pasada administración y pidió también que el Gobernador haga un anuncio público al respecto para evitar confusión entre los patronos privados.

Pero el Gobernador se negó a dejarla en suspenso al recordarle a la Junta que lo que procede es que recurra al tribunal para impugnar la aplicación de la misma y, de esto ocurrir, defendería la Ley 41 en corte, añadió.

Entre la referencia del Gobernador sobre que la Junta tiene que ir al tribunal, y el contenido y tono de la carta, lo que se perfila es un intento por revisitar el alcance de la determinación que tomó recientemente el Primer Circuito de Apelaciones sobre la forma y fundamentos que la Junta puede usar para ejercer su poder de bloquear la implementación de una ley. En esa decisión reciente, el Circuito no le reconoció poder al ente fiscal para anular una ley, solo para evitar que se ponga en vigor. De hecho, los jueces apelativos no proveyeron criterios muy específicos para que la jueza Laura Taylor Swain determine cuándo debe aceptarse una solicitud de la Junta de bloquear una ley, prefiriendo que sea la jueza la que aplique lineamientos generales caso a caso.

La carta de la Junta propone que la suspensión de la aplicación de la Ley 41 sería en lo que el Gobierno puede proveerles una certificación del impacto de la misma en el Plan Fiscal y un estimado formal de costos que cumpla con la profundidad y certeza que piden. Pero el ente también advirtió que «podría no ocurrir» que cambien de opinión.

Mientras, en sus redes sociales, Pierluisi Urrutia aseguró que van a suplirle a la Junta «toda la información solicitada, pero mantendrá la Ley en vigor». «[E]l propósito principal de esta legislación es aumentar la participación laboral, incluyendo en los proyectos de la reconstrucción en curso, lo cual es clave para el desarrollo económico de Puerto Rico», añadió.

Pero, precisamente, el propósito expreso de la ley es una de las objeciones principales que presenta la Junta en su carta de 10 páginas. La Junta señala que aumentar la participación laboral no es un concepto que está en la exposición de motivos de la ley y que lo que está enfatizado allí es «las protecciones para el beneficio de la clase trabajadora», lo que entienden no es lo mismo que aumentar la participación laboral.

La diferencia sobre propósitos y efectos de la ley ya había sido telegrafiada por la Junta, pero se materializó a última hora, ya que la Ley 41 está pautada para entrar en vigor mañana, 20 de julio, para patronos que no sean microempresas o pequeños y medianos comerciantes. El secretario del Trabajo, Gabriel Maldonado González, hizo el recordatorio en Linkedin y emitió una opinión formal sobre los criterios para clasificar patronos bajo dicha ley.

Algunos cambios que trajo la Ley 41 fueron reducir el número de horas necesario para acumular licencias por enfermedad y por vacaciones; reducir el número de horas necesario para ser elegible al bono de Navidad; revertir al patrono las presunciones y el peso de prueba en casos de despido injustificado; revertir de uno a tres años el periodo de prescripción para ciertas causas de acción que cobijan al empleado; y reducir el periodo probatorio (de entre 9 a 12 meses que proveyó la legislación aprobada en la Administración Rosselló Nevares a tres meses con la posibilidad de una extensión de tres meses).

Según la carta de la Junta, la Administración Pierluisi no fue contundente ni categórica sobre su determinación de que la Ley 41 es consistente con el Plan Fiscal y no crea impactos presupuestarios significativos. La Junta usó los mismos documentos que sometió el gobierno en el proceso de revisión para exponer que no cumplen con la Ley PROMESA ni con los lineamientos que estableció el apelativo federal. También, hizo referencia a que había contratado a un «economista destacado» para hacer su propio análisis del impacto de la ley, pero no lo identificó.

La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) sometió un informe sobre el efecto de la ley que preparó DevTech Systems Inc., una empresa de Maryland que tiene contratos con el gobierno desde 2016 y que representa Rafael Romeu. La Junta criticó que el informe no tiene fecha y que no contiene «ningún esfuerzo de estimar cuánto la Ley 41 aumentará los gastos de los patronos, reducirá sus ingresos netos y reducirá los impuestos que pagan al gobierno». «Legislación abarcadora (como la Ley 41), justificada por metas quiméricas, pero no por análisis económico riguroso, contribuyó a la crisis económica de Puerto Rico y llevó al Congreso a aprobar (la ley) PROMESA», añade la carta.

El informe de DevTech enfoca en el impacto positivo que tiene la ley sobre la compensación de los empleados, pero «ignora el efecto congelador que sus aspectos no monetarios (como el recorte del periodo probatorio, el cambio de pesos de prueba y el aumento en los periodos de prescripción) tienen en la contratación que hacen los patronos». La Junta asegura que el propio informe del consultor reconoce que si los beneficios impuestos para favorecer a los empleados son muy altos, el empleo se va a reducir.

La certificación que emitió AAFAF es objeto de varias críticas en la carta. La Junta resalta que la agencia dijo que «uno puede concluir que la Ley 41 no es significativamente inconsistente con el Plan Fiscal», lo que, para el ente fiscal, no es una certificación sobre si es o no es inconsistente con el Plan Fiscal.

La certificación también dice que la Ley 41 fue adoptada «con la esperanza de que los beneficios marginales mejorados» aumentarían el empleo, pero el ente fiscal ripostó que «hacer cambios significativos y de largo alcance en el mercado laboral basándose en ‘esperanza’, sin análisis económico y en contravención directa con el Plan Fiscal, es temerario y una clara violación a (la Ley) PROMESA».

En cuanto a impacto presupuestario, el gobierno dijo que se limita a los $3,000 que costaría desarrollar documentos guías en el Departamento del Trabajo.

Vea:

Apelativo federal refrenda el poder de la Junta para revisar y detener la implantación de leyes

Para ver la carta de la Junta, pulse aquí.

Pulse aquí para opinión del Secretrario del Trabajo sobre categorías de patronos bajo Ley 41.

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