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Nueva carta circular del DRD detalla actividades deportivas permitidas desde el martes próximo

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No se permitirá el contacto físico entre deportistas y solo se podrán practicar destrezas del deporte mediante simulaciones

La secretaria del Departamento de Recreación y Deportes, Adriana Sánchez Parés, emitió la Carta Circular Núm. 2020- 003, donde detalla las reglas y normas aplicables a la realización de las actividades físicas y deportivas que estarán permitidas en la nueva Orden Ejecutiva que entrará en vigor el próximo martes, 16 de junio.

“Según indicó la gobernadora, emitimos esta Carta Circular con las actividades deportivas y recreativas que estarán permitidas a partir del martes, 16 de junio. Es importante recalcar que, a pesar de que se permitirán entrenamientos grupales de un máximo de seis participantes con un entrenador, esta flexibilización no significa que se permitirán los eventos deportivos, ni la aglomeración de personas”, informó Sánchez Parés.

Algunos de los datos más importantes que se detallan en la Circular es que bajo ningún concepto se permitirá el contacto físico entre deportistas, solo se podrán practicar destrezas del deporte mediante simulaciones, los atletas deberán mantener en todo momento los seis pies de distancia, entre otros. Adicional, si el entrenamiento es en un lugar cerrado, siempre tiene que estar presente una persona encargada que vele por el cumplimiento de lo establecido en los protocolos de seguridad.

Lea también: Estos son los cambios más importantes de la nueva orden ejecutiva

«Los clubes, ligas, gestores deportivos y entrenadores serán responsables de proveer a los deportistas y su acompañante los implementos necesarios de higiene mientras estén llevando a cabo la actividad deportiva», dice la carta.

En esta nueva orden, se autoriza la apertura de los gimnasios, sin embargo, solo se permitirá el 50 por ciento de su capacidad, las áreas de duchas deben permanecer cerradas y tanto el gimnasio como sus entrenadores deben presentarle al DRD su protocolo de protección.

En el Caso del Comité Olímpico y las federaciones deportivas, una vez presentados y aprobados sus protocolos, pueden comenzar sus entrenamientos grupales. Los mismos deben ser con un máximo de seis participantes, un entrenador, un asistente de entrenador, un preparador físico y un médico o terapista.

Uno de los puntos de la carta toca lo relacionado a las prácticas de menores de edad, quienes no podrán estar acompañados de sus padres.

«Los menores de edad estarán acompañados de una (1) sola persona. El padre, madre, custodio o tutor del menor deberá permanecer fuera del área de entrenamiento. Bajo ningún concepto se permitirá público ni padres, madres o custodios en el área de entrenamiento», establece la carta.

La secretaria hizo hincapié en que “toda aquella entidad u organización que interese realizar las prácticas que se autorizan en esta Orden, debe presentar su protocolo de protección contra el COVID al Departamento. El mismo debe ser enviado, a la mayor brevedad, a info@drd.pr.gov. De no ser así, no podrán operar hasta que no estén debidamente autorizados por el Departamento».

Vea además: ¿Cuán riesgosas son las actividades que permitirá la nueva Orden Ejecutiva?

Lee aquí la carta circular:

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