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Rechazo a legislación que eliminaría requisitos a los administradores de condominios

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La Asociación de Administradores de Condominios y Urbanizaciones objetó el Proyecto de la Cámara 942 y denunció que la persona que promocionó la radicación de la medida no está autorizada a ejercer como administradora.

Una propuesta legislativa para la eliminación de requisitos y seguros para las personas y empresas que administren condominios en el país fue objetada ayer martes por varias organizaciones que agrupan titulares de estas viviendas, la Asociación de Constructores y hasta la entidad que agrupa a los administradores de condominios.

El Proyecto de la Cámara 942, que fue radicado “por petición” propone eliminar el requisito de las pólizas de seguro que impone la nueva Ley de Condominios a los administradores y que incluyen una póliza de responsabilidad pública con cubierta mínima $500,000.00; una póliza, sobre riesgos por deshonestidad o constitutivos de delito o fraude; otra sobre responsabilidad profesional también con cubierta mínima de $500,000.00; y además poseer una póliza vigente obrero-patronal expedida por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.

La Asociación de Administradores de Condominios y Urbanizaciones objetó la propuesta y denunció que la persona que promocionó la radicación de la medida no está autorizada a ejercer como administradora.

“Observando que este proyecto fue «Por Petición de la Asociación de Administradores de Condominios de PR», nos dimos a la tarea de verificar en DACO y surge de la División de licencia del Departamento de Asuntos al Consumidor, que la Sra. Sharon Rodríguez, presidenta de esa Asociación….no cuenta con el permiso y/o licencia para Administrar. Tampoco obra documento en proceso de solicitud ante DACO”, sostuvo Jay Morales Rosado, presidenta de la Asociación de Administradores de Condominios y Urbanizaciones (AACU).

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La entidad reconoció que así como hay Agentes Administradores, que cuentan con la educación y experiencia, ademas de los requisitos para hacer negocio en Puerto Rico, y que están comprometidos en realizar con dedicación y esmero sus funciones. hay personas inescrupulosas, que no cumplen con el conocimiento o la preparación, que tampoco cuentan con los requisitos para hacer negocio en Puerto Rico.

Invitaron finalmente a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara, que es la que tiene a su cargo la evaluación del proyecto, que “apoye el bienestar de los Condominios y no de las intereses que buscan la eliminación de estas protecciones a las titulares”.

En términos similares se expresó Mary Ortega, directora ejecutiva de la Asociación de Condominios y Controles de Acceso que señaló que “si los condominios quieren tener mejores garantías ante una situación de negligencia, malversación o robo, es necesario requerir pólizas que aseguren este riesgo”

Agregó que “nos preocupa que se quiera eliminar Artículo 49…de la Ley 129-2020 y que se les quite a los condominios las garantías de seguros para administrar, se elimine el requisito de antecedentes penales que también se encuentra en ese inciso y que se considere una enmienda a la ley sin la data de los trabajadores afectados”.

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El presidente de la Asociación de Constructores de Puerto Rico, Alfredo Martínez Álvarez, tampoco favoreció la medida. “Según interpretamos el texto propuesto bajo esta legislación, la enmienda tendría el efecto de eliminar los distintos seguros o requisitos, aplicables a los agentes administradores, dejando la ley desprovista de tales exigencias. En ese sentido, la legislación no provee un escenario alterno de cuáles deberían ser los requisitos que tendrían que cumplir los agentes administradores, bajo el mandato de la Ley de Condominios”, sostuvo.

Así las cosas, agregó, “se eliminarían de las exigencias de ley, la certificación de póliza del Fondo del Seguro del Estado y las certificaciones negativas de antecedentes penales, además de las demás pólizas requeridas en dicho artículo. Ello tendría un efecto nocivo sobre los propios condominios y sus titulares, porque privaría a estos de protecciones mínimas”.

En ponencia escrita el presidente de la Federación de Condominios y Control de Acceso, Ignacio Veloz, sostuvo que “esta medida establecerá que el Consejo de Titulares quede desprovisto por aquellos Administradores que por sus acciones pueden afectar sus finanzas adversamente”.

Coincidió con los demás ponentes al señalar que “entendemos que los seguros que establece la Ley de Condominio le brinda mas seguridad y tranquilidad a la Junta de Directores los cuales son los que trabajan directamente con el Agente Administrador y muchas veces delegan todo en ellos. La Ley favorece al Consejo de Titulares ya que actualmente la situación económica de los Condominios se ve afectada adversamente, cuando un Agente Administrador no tiene los seguros y conocimiento de administrar bien los fondos del condominio y orientan incorrectamente a la Junta de Directores. También cuando nos hemos encontrado que la malversación de fondos está en crecimiento en los Condominios y cómo carecen de los seguros no saben si podrán recuperar los miles de dólares que perdieron”.

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