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Avalan medida para expedir digitalmente certificado de historial delictivo de cuidadores de niños

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Se espera que la medida pase a discusión durante sesión ordinaria de la Cámara de Representantes de Puerto Rico

La Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó, en vista de consideración final, una medida que autoriza la expedición electrónica de la certificación de “Credenciales e Historial Delictivo de Proveedores a Niños, Personas con Impedimentos y Profesionales de la Salud”, y garantiza el cumplimiento de la certificación.

El Proyecto del Senado 864 (P. del S. 864) se aprobó en el “Markup Session” de la Comisión de Gobierno, presidida por el representante Jesús Manuel Ortiz González, con 11 votos a favor, ninguno en contra y uno abstenido.

La medida explicó que la certificación que se expide por la Ley 300-1999, conocida como “Ley de Verificación de Historial Delictivo de Proveedores de Servicios de Cuidado a Niños y Envejecientes”, parte del peligro que representa el que una persona exconvicta pueda recaer en conductas asociadas a los siguientes delitos: maltrato físico, abuso sexual, robo de identidad, explotación financiera y convicciones relacionadas al trasiego de drogas.

Según la medida, los mecanismos adoptados e implementados no tienen un propósito punitivo, sino que pretenden proteger la seguridad y el bienestar de los sectores más vulnerables. Asimismo, en el P. del S. 864 se incluyó como principio inteligible que lo dispuesto en las enmiendas presentadas deben tener en cuenta el cumplimiento con la Ley 143-2014, conocida como “Ley del Protocolo para Garantizar la Comunicación Efectiva entre los Componentes de Seguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del Sistema de Información de Justicia Criminal”.

Por otro lado, durante la vista también se aprobó el Proyecto del Senado 974 (P. del S. 974), y se aprobó con 11 votos a favor, ninguno en contra y uno abstenido. Esta medida busca enmendar la Ley 2-2017, conocida como la “Ley de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AFFAF)”.

Se quiere enmendar la ley para definir el concepto de “negligencia crasa” y añadir como propósito de AFFAF defender las medidas aprobadas por la Asamblea Legislativa. Asimismo, cumplir con la defensa de estatus impugnados por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) conforme a la Sección 204 de la Ley de Estabilidad Económica, Administración y Supervisión de Puerto Rico (PROMESA, por sus siglas en inglés).

De igual manera, durante la vista de consideración final, se aprobó el Proyecto del Senado 1066 (P. del S. 1066) con 10 votos a favor, ninguno en contra y uno abstenido.

La medida propuso enmendar la Ley 73-2019, “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, para establecer un tope de 10% sobre el monto original del contrato en las órdenes de cambio, incluyendo a las agencias exentas de esta ley. Además, establecer, específicamente, las excepciones a dicha limitación.

“A tenor con lo anterior, y reafirmando el propósito principal de esta medida que responde al fin apremiante del Estado para salvaguardar las arcas del gobierno y promover la diligencia en la administración pública, se establece en Ley un tope de 10% a los cambios de órdenes de contratos que se pueden generar en el gobierno, excluyendo los contratos de compra de combustible de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). Asimismo, reconocer la facultad al Administrador de la ASG el que autorice dichas órdenes de compra por excepción de sobre 10% del monto original del contrato, cuando se certifique de manera juramentada el examen y cumplimiento de las condiciones dispuestas por el Administrador, y se acompañe la solicitud de excepción, bajo juramento, detallada del jefe de la Entidad o autoridad nominadora a estos fines”, dispuso la medida.

Se espera que todas las medidas pasen a discusión durante la sesión ordinaria de la Cámara de Representantes de Puerto Rico.

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