El Departamento de Justicia presentó hoy su postura a la Asamblea Legislativa en torno a la Resolución Concurrente de la Cámara 8, que propone enmendar la Constitución de Puerto Rico a los fines de cambiar el proceso mediante el cual se nombra a los jueces en la Isla.
La medida, presentada el 4 de enero de 2021, tiene el objetivo de proponer una enmienda a la Carta Magna de Puerto Rico, a ser consultada por el electorado, a los fines de que los nombramientos de jueces no sean presentados por el gobernador y confirmados por el Senado de Puerto Rico, sino que se rijan por legislación especial. Se propone, además, que los términos de los cargos de los jueces se fijen por ley, salvo los términos de los cargos de los jueces del Tribunal Supremo, que están dados en la Constitución.
Justicia presentó su memorial explicativo durante una vista celebrada por la Comisión para el Estudio y Evaluación del Derecho Constitucional Puertorriqueño y de Propuestas de Enmiendas a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y Asuntos Electorales de la Cámara de Representantes.
La agencia reconoció la facultad que tiene la legislatura de proponer las enmiendas presentadas y expresó suma deferencia a la voluntad democráticamente expresada por parte del pueblo en su día.
Sin embargo, recomendó que, debido a su envergadura, la medida sea más específica y establezca los parámetros para regir el nuevo proceso de nombramiento a través de una legislación especial. De esta forma, se evitaría la arbitrariedad, falta de uniformidad y un disloque en el proceso de nombramiento de los jueces.
“Aunque en principio apreciamos la intención del cambio procesal para designar jueces en Puerto Rico, observamos que con el cambio propuesto no se incluyen guías o parámetros para la selección o el nombramiento de los jueces, que deberá contener la aludida legislación especial. Vemos, pues, que queda amplio espacio para preguntarse qué criterios de evaluación y selección dispondrá la legislación especial. Tampoco se aclara si el nuevo proceso de selección de jueces será por medio de una elección, como ocurre en diferentes jurisdicciones estatales norteamericanas, o si será mediante la creación de una Comisión Evaluadora nombrada por los propios jueces del Tribunal Supremo, por exjueces o miembros de la academia” reza la opinión escrita presentada por el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, quien estuvo representado en la vista por la licenciada, Elba Cruz Rodríguez, de la División de Legislación, adscrita a la Secretaría Auxiliar de Asesoramiento del DJ.
Particularmente, la agencia llamó la atención a que “la falta de especificidad en el lenguaje de la enmienda permitiría que el proceso de nombramiento concentre, en una sola Rama, los nombramientos de personas que impactarán directamente la vida diaria de nuestra ciudadanía. En ese sentido, los nombramientos de estos funcionarios, de vital importancia para el quehacer diario de nuestra sociedad en diversos niveles, estarán fuera del sistema de pesos y contrapesos de nuestro sistema republicano de gobierno, quedando este asunto sujeto exclusivamente en manos de la Rama Legislativa (la Rama de Gobierno a cargo de la aprobación de leyes) y a los vaivenes de enmiendas legislativas posteriores”, añade el documento.
La opinión incluye un análisis de derecho comparado en torno al proceso de nombramiento de los jueces en varias jurisdicciones estatales norteamericanas.
Justicia también recomendó que se consulte con la Comisión Estatal de Elecciones y con el Negociado de la Policía de Puerto Rico sobre esta pieza legislativa, toda vez que la misma asigna a estas entidades ciertos deberes y responsabilidades.
De igual modo, y ante la asignación propuesta de $3 millones para la celebración del referéndum, exhortó auscultar la postura de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (“AAFAF”), que es la entidad a cargo de fiscalizar el cumplimiento del presupuesto certificado y del plan fiscal aprobado por la Junta de Supervisión y Administración Financiera.
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