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Dan paso para anular la carta circular de Justicia sobre acceso a información pública

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El representante del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Denis Márquez Lebrón, radicó la resolución conjunta 627 para ordenar a la Secretaria de Justicia a dejar sin efecto, inmediatamente, la carta circular que establece las normas y procedimientos para el acceso a la Información pública.

“La carta circular del Departamento de Justicia impone una carga indebida sobre el derecho al acceso a la información y afectará particularmente a organizaciones activistas, ciudadanos particulares y el trabajo periodístico. La Secretaria de Justicia pretender arrogarse la potestad de decidir unilateralmente lo que constituye ‘información oficial’ de manera excesivamente amplia”, manifestó Márquez Lebrón en comunicación escrita.

El líder independentista precisó, además, que ante cualquier solicitud de información pública, Justicia pretende que tanto personas naturales como jurídicas entreguen información que en nada necesita el Estado para cumplir con su deber ministerial de entregar la información.

“Los gobiernos en Puerto Rico se han caracterizado por obstaculizar el derecho de acceso a la información y estamos, a todas luces, frente a otro intento por continuar violentando los derechos constitucionales y de acceso a la información de la gente. No es posible que esta carta circular imponga más trabas que lo que existía anteriormente, lo vamos a combatir”, expresó el legislador.

Márquez Lebrón manifestó, además, que la referida carta circular también ordena a los jefes de agencia y demás funcionarios a realizar un análisis de derecho sustantivo antes de hacer entrega de información pública, cuando la ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública ni siquiera ordena, sino que meramente sugiere, que uno de los tres oficiales de información por agencia sea un profesional del derecho.

“Como si fuera poco, la secretaria añade trabas adicionales si la información pública que se solicita es ‘sobre un tercero’, lo cual representa un verdadero sinsentido. Si la información es verdaderamente pública, al Estado no le compete ni los motivos detrás de la solicitud ni sobre quién versa la misma”, indicó.

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