FEI ordena archivar querella contra rector de la UPR Arecibo
La querella alegaba el uso de vehículos oficiales para fines personales.
En una determinación tomada por los miembros del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI), se ordenó el viernes el archivo de una querella presentada contra el rector de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo, Carlos Andújar Rojas.
La querella, presentada por el doctor José Alberty Monroing, catedrático, estuvo fundamentada en torno al uso de vehículos oficiales para fines personales por parte de Andújar Rojas en horas no laborables.
Aunque inicialmente la querella fue referida el 20 de octubre de 2021, por el licenciado Domingo Emanuelli Hernández, secretario del Departamento de Justicia, a la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (DIPAC), se obvió el proceso previo de notificación al Panel.
La institución recibió el informe sobre la querella el 26 de mayo pasado. En el mismo, la DIPAC concluyó que no ameritaba proceder con la investigación preliminar según ordena la Ley 2-1988, toda vez que entendió que las acciones del rector Andújar no representaban infracciones de naturaleza penal. El informe consignó que de ser probadas, sólo conllevarían la imposición de una multa administrativa.
DIPAC consideró que, como la Ley 60-2014 de vehículos oficiales no tipifica como delito grave o menos grave su uso para fines personales, dejan de ser de aplicación las disposiciones de la Ley 2-1988.
Amparados en la intención legislativa, los miembros del Panel disintieron de esa apreciación. La Resolución emitida expone que Justicia tiene la obligación de notificar al PFEI a partir de que el Secretario de Justicia refiera el asunto a la DIPAC y no luego de la DIPAC haber realizado su intervención.
“No corresponde al Departamento de Justicia evaluar la jurisdicción del PFEI ni tiene facultad para determinar si procede o no remitirle una información cobijada bajo la Ley 2”, señala la Resolución.
En el tracto de toda la pesquisa se revela que la Oficina del Contralor detuvo su auditoria de los pormenores, en lo que Justicia atendía el asunto. La DIPAC obtuvo declaraciones juradas del querellante, quien fuera ayudante del rector y esposo de una prima; y de la investigación interna realizada por la UPR donde se concluyó que el vehículo oficial se utilizó conforme a los reglamentos y estatutos vigentes.
Consignados todos estos hechos y ante la ausencia del quantum de prueba requerido, el PFEI ordenó el archivo del asunto. Sin embargo, señaló como indispensable que la Oficina del Contralor y la Oficina de Ética Gubernamental, continúen las investigaciones que llevan en curso sobre esta situación.