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Pierluisi evalúa revertir estocada de Rosselló al acceso a la información

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Pierluisi evalúa revertir estocada de Rosselló al acceso a la información

Firmó dos leyes que limitan la transparencia

El gobernador interino Pedro R. Pierluisi Urrutia aseguró que, en su momento, estará reevaluando la Ley de Transparencia por entender que existen dudas y oposición generalizada entre los gremios de periodistas, a quienes les impactaría.

La crisis constitucional dejada en Puerto Rico por la abrupta salida de Ricardo Rosselló Nevares de la gobernación no se limita al modo de seleccionar a un gobernante Pierluisi Urrutia como sustituto. Por más que varias organizaciones civiles le pidieron que no firmara dos proyectos, a oscuras y espaldas del pueblo en la víspera de su salida de Fortaleza, firmó el proyecto de la Cámara 1095 o Ley de Transparencia, y el del Senado 236 de Datos Abiertos, que limitan y obstruyen el derecho constitucional a la información pública e incumplen con nueve de los 10 estándares y principios internacionales de transparencia y acceso a la información.

‘Las leyes que fueron firmadas recientemente se hicieron dentro del ejercicio de las prerrogativas del entonces gobernador. Es mi intención, no obstante, revisar con particular atención la Ley de Transparencia. Aunque la misma atravesó el correspondiente trámite legislativo, comprendo las preocupaciones que aún existen en cuanto a su alcance. Además, reconozco que en un ambiente como el que estamos atravesando existe un legítimo interes de ser más abiertos en cuanto a la información. Próximamente estare convocando una reunión con los gremios para auscultar de primera mano sus preocupaciones en cuanto a este asunto’, aseguró Pierluisi Urrutia en declaraciones escritas.

Entre otras cosas, la llamada Ley 122 de Transparencia elimina la posibilidad de solicitar información pública de forma verbal, uso y costumbre en la mayoría de los casos cuando se trata de miembros de la prensa, y en el proceso legislativo de enmiendas al proyecto original eliminó sanciones administrativas que incluían una multa de $250 a quien obstruyera el flujo de información pública. Eliminó, a su vez, la garantía de que si la información pública es de fácil acceso se omita el trámite burocrático creado por la misma ley y se entregue la misma de inmediato.

En el caso de la Ley 141 de Datos Abiertos, se enumeran 12 excepciones a la debida divulgación de datos, ampliando incluso las contenidas en la Ley de Libertad de Información de Estados Unidos (FOIA). Por tanto, el efecto neto de estados dos leyes es el de dificultar el acceso a la información pública de manera rápida.

‘Es una vergüenza para Puerto Rico que su Gobierno vaya en contra de las tendencias mundiales y las mejores prácticas de transparencia. Ambas leyes constituyen un retroceso en los avances de años para dar mayor transparencia a la gestión pública y facilitar el acceso a información’, manifestó la presidenta de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO), Damaris Suárez.

Ante el nuevo dilema que representan estas leyes, Suárez adelantó que ‘la Asppro evalúa las implicaciones con el asesoramiento de abogados y cumplirá su deber de orientación al público y educación a los periodistas para ayudarlos a enfrentar los problemas que anticipamos ocurrirán’.

En 1982, el Tribunal Supremo de Puerto Rico reconoció rango de derecho constitucional al acceso a la información.

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