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Abogados señalan huecos en la ley de quiebra criolla

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Un abogado del comite de quiebras de la Federación Interamericana de Abogados opinó que el mayor defecto constitucional de la propuesta ley que reestructuraría las deudas de las corporaciones públicas, firmada el sábado por el Gobernador, es que menoscaba las obligaciones contractuales.

La ‘Ley para el Cumplimento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico’ contempla dos tipos de procedimientos para atender el alto nivel de deuda de las corporaciones públicas, el cual es el 40 por ciento de la deuda total de la isla. La Ley, reseñó NotiCel en primicia este domingo, ya fue retada en el Tribunal Federal.

El primero de los procedimientos es uno consensual de modificación de deuda que culmina con un programa de recuperación contenido en el Capítulo 2 del estatuto, y el segundo, contenido en el Capítulo 3, es un procedimiento supervisado por el tribunal que culminaría en un plan ordenado de cumplimiento con las deudas. Una corporación pública puede solicitar alivio bajo el Capítulo 2 o el Capítulo 3, o bajo ambos de forma consecutiva o concurrente.

La propuesta ley está diseñada en muchos aspectos para que refleje ciertas disposiciones claves del Título 11 del Código de los Estados Unidos, y tanto el tribunal como las partes interesadas deben revisar y considerar el precedente existente al amparo del Título 11 del Código de Estados Unidos, de ser aplicable, al momento de interpretar e implementar la misma.

La propuesta ley se hizo debido a que las corporaciones públicas no pueden acogerse a la ley de quiebras federal y porque, en algunos casos, las leyes orgánicas de algunas de las corporaciones proveen para la designación de un síndico en caso de incumplimiento de pagos.

David Freedman, abogado de la firma O’Neill y Borges y miembro de la FIA, dijo que hay varias áreas a examinarse en la ley. A modo de ejemplo, un tribunal podría examinar el tema de cómo se afecta la separación de poderes entre las tres ramas de gobierno. Del texto de la ley se desprende que el procedimiento de reestructuración estaría controlado por el Banco Gubernamental de Fomento (BGF).

‘Pero quizás hay otro tema más interesante y es si el estatuto violenta la disposición federal contra el menoscabo de obligaciones contractuales,’ sostuvo Freedman. Esto es porque la ley permite alterar convenios y paralizar contratos. Según el abogado el tema del menoscabo de obligaciones contractuales es uno amplio y no se sabe cómo un tribunal decidirá. En el caso de Puerto Rico, ha habido situaciones en que ese menoscabo se ha permitido cuando hay un interés apremiante.

El estatuto fue tema de conversación entre algunos de los abogados que participaron en las actividades de laFIA esta semana por ser novel, porque permitiría la privatización de una corporación pública insolvente, porque podría tener problemas de debido proceso de ley y porque llevaría al despido de empleados.

La propuesta ley establece que cualquier determinación sobre reestructuración de una deuda se hará en una sala especializada la cual será vinculante para todos los deudores en lo que los abogados opinaron podría ser una violación al debido proceso de ley.

‘Le veo a esta ley un problema de debido proceso de ley porque está obligando a acreedores a aceptar algo que no quieran hacer’, dijo el abogado José Quintero aNoticelmientras participaba de una actividad de laFIA el viernes.

Además, abogados dijeron que la Sección 126 de la ley puede ser inconstitucional porque le da la discreción al juez de ordenar a una entidad a prestar una fianza para apelar una decisión de la Sala Especializada o para solicitar la paralización de decisiones tomadas bajo la ley.

Otro abogado levantó la alarma en torno a una sección de la ley que permite la transferencia de todo o parte de los activos de las corporaciones públicas insolventes a entidades ajenas al Estado Libre Asociado para el pago de deudas. La Sección 307 del propuesto estatuto permite la transferencia de esos activos libres de gravámenes.

‘Esto en efecto se podría decir que es una privatización’, destacó Luis Gómez, abogado laboral.

Vea también:

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