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Supremo ‘absuelve’ justicia tardía

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Supremo ‘absuelve’ justicia tardía

Cinco meses después de justificar un aumento de jueces en el principio de que ‘justicia lenta no es justicia’, el Tribunal Supremo determinó que una jueza que tardó 10 años en resolver un caso no cometió ninguna violación ética.

La determinación del Alto Foro tuvo opiniones disidentes en el Juez Presidente Federico Hernández Dentón y la Jueza Asociada Anabelle Rodríguez Rodríguez, quienes variaron sus puntos en términos generales pero que también se fueron por la línea de que como la jueza en cuestión tenía un buen historial, pues no merecía disciplina ética.

La jueza en cuestión es Carmen H. Pagani Padró, quien en su momento desestimó la demanda que se había entablado contra un grupo de senadores novoprogresistas por el escándalo de espionaje político conocido como el caso del ‘Vídeo C-59’. La jueza tardó 10 años en resolver un caso de daños, después de que el caso había quedado totalmente sometido para su resolución final por todas las partes.

En noviembre de 2010, cuando el propósito era conseguir que la Legislatura aumentara el número de jueces en el Supremo de siete a nueve, la mayoría del Alto Foro se fue por el lado de que ‘tenemos que ser conscientes de que esa demora judicial tiene un impacto injusto en la vida de los seres humanos adversamente afectados’. ‘Para unos la rapidez con que resolvamos puede ser la diferencia entre la solvencia o la ruina económica. Para otros puede ser la diferencia entre la libertad o la reclusión injusta’, añadieron.

Hoy, cuando la pregunta es qué hacer con la jueza Pagani y qué pauta sentar, la mayoría del Supremo resuelve que el que un juez tarde, aunque sean 10 años, no es de por sí solo causa para castigo ético. ‘Será necesario ver el historial del juez al solucionar otros casos, de tal forma que se pueda colegir razonablemente que su tardanza en la adjudicación no corresponde a un hecho aislado, sino que es la consecuencia de su incompetencia para disponer con diligencia los casos que tiene o ha tenido ante su consideración’, dijeron.

En su opinión disidente, Hernández Denton llega a insinuar que no se debe castigar a la jueza porque los propios quejosos que llamaron la atención sobre lo mucho que se había tardado, sólo se quejaron cuando ella les falló en contra.

Mientras, aunque establecería la norma de forma prospectiva salvando así a Pagani, la jueza Rodríguez se preocupó de que la norma que adopta la mayoría ‘en términos prácticos, esfuma la obligación de todo juez de dar cuenta por sus actos’.

Para ver la decisión, pulse aquí.

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