Como secuela de cambio en su pensión, jueces piden que les permitan seguir después de los 70
Una demanda intenta que se declare inconstitucional la disposición en la Constitución del ELA de que el límite de edad para el servicio de los jueces es los 70 años.
Como secuela de los cambios que tuvo su sistema de retiro como parte de la quiebra del gobierno, similar al cambio que sufrieron los demás empleados públicos en sus pensiones, la entidad que representa a los jueces en la isla demandó el viernes reclamando que se declare que pueden seguir sirviendo después de los 70 años, aún cuando la Constitución del Estado Libre Asociado es la que dispone esa prohibición.
Los demandantes son la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura (APJ), fundada en 1978, y los jueces apelativos Felipe Rivera Colón, quien cumple 70 en 2026, y Eric Ronda del Toro, quien cumple 70 en 2027. Los demandados son el gobierno y la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT).
Debido a que el mecanismo que piden los demandantes es un interdicto, la reclamación está en la sala del juez que atiende ese tipo de pleito extraordinario en la Región Judicial de San Juan, Anthony Cuevas Ramos. Se trata del mismo juez que decretó la aplicabilidad del aumento de salario de los jueces en 2023, aunque la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) no ejecutó el aumento hasta que el gobierno enmendó la ley correspondiente en 2024.
La acción presentada el viernes pasado es una secuela del ajuste de su sistema de pensiones que se le aplicó a los jueces como parte del Plan de Ajuste de Deuda del gobierno central.
“Lo cierto es que luego del 15 de marzo de 2022 ningún juez recibe aportación patronal para su retiro y a partir de esa fecha solo se aporta a un plan de ahorro, lo que se le descuenta a cada juez de su salario y ese Plan de Ahorro es igual para todos los empleados públicos, sin embargo, solo a los jueces se les obliga a retirarse a los 70 años, lo que no ocurre ni se le requiere a los demás empleados del gobierno”, plantea la APJ.
A partir de eso, apuntan a que ya la JSF dejó sin efecto la disposición constitucional de que la Legislatura será la que establecerá “un sistema de Retiro para lo jueces”. La otra parte, que se tienen que retirar a los 70 no importa cuánto tiempo le quede en su nombramiento judicial, debe ser declarada inconstitucional porque constituye un discrimen por edad prohibida por ley federal, argumentan.
“Una vez la ADEA (ley federal antidiscrimen) aplica a los Jueces de Puerto Rico, la disposición de nuestra Constitución, que hace obligatorio su retiro al cumplir 70 años, sin ningún requisito de salud o de problemas en el desempeño del Juez, es una violación de la prohibición de ADEA”, esboza el representante de los jueces, José R. Martínez Ramos.
La APJ echa mano también de un argumento sobre la independencia judicial, anotando que la constitución federal prohíbe que a los jueces se les modifique su salario durante su término de servicio y que obligarlos a retirarse con una pensión disminuida es una modificación indirecta a su compensación.
“El retiro obligatorio a los 70 años impide retener juezas y jueces con la experiencia necesaria y requerida para ejercer sus funciones y evita fortalecer el principio de independencia judicial, que es básico para el funcionamiento óptimo del Poder Judicial en una democracia. Aceptamos que otorgar un término para ocupar el cargo de juez es válido, lo que no es legal es obligar a un juez a retirarse a los 70 años, aunque le reste algún periodo de su término”, indicaron.
A fines de 2024, los exjueces retirados del Tribunal Supremo demandaron para que su pensión se mantuviera al mismo salario de los jueces activos del Supremo, como era antes del cambio en el sistema de retiro. Esto, porque cuando a esos jueces se les aumentó el salario, la pensión de los retirados se quedó al nivel del salario anterior, más bajo. La JSF removió esa reclamación para llevarla al caso de quiebra del gobierno por entender que está cubierta por las disposiciones del plan de ajuste.
En el caso del viernes, la APJ recalcó que su reclamo “no tiene ningún impacto fiscal” porque lo que piden es extender el tiempo de servicio de los jueces y eso implica pagarle el mismo salario que se hubiera pagado al que los sustituyera en el cargo.
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Vea:
Exjueces del Supremo demandan por ajuste en sus pensiones
Victoria para los jueces en la batalla legal a favor de sus aumentos salariales