Procuradora de la Mujer pide remoción de fiscal que atendió Masacre de Yauco
La procuradoría emitió informes de investigación sobre el episodio de violencia doméstica que costó la vida de cuatro personas.
La Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) emitió dos informes de investigación con relación a la Masacre de Yauco contra la Oficina de Administración de Tribunales (OAT) y el Departamento de Justicia con recomendaciones que pueden conllevar multa si no se cumplen.
En el episodio, Wilfredo Santiago Figueroa mató a su expareja, Linnette Morales Vázquez, así como a la madre y hermano de ésta, y luego se suicidó. Las muertes ocurrieron después de que la mujer denunciara al hombre por violentar un orden de protección y de que la jueza municipal Ginny M. Vélez Carreras lo dejara sin grillete electrónico, a pesar de que la ley la obligaba a imponer esa medida porque se trataba de un reincidente. En una relación anterior, Santiago Figueroa había quemado el vehículo de su pareja y se le había procesado por intento de asesinato.
Los informes, con fecha del 10 de septiembre, precisan de manera definitiva que a la jueza se le había advertido del historial criminal mediante un informe del Programa de Servicios con Antelación a Juicio (PSAJ). En cuanto a la fiscal Alexandra Aulet Morales, quien se allanó a la decisión de la jueza sin traer a colación en ningún momento el historial criminal, se establece que esos antecedentes estaban en su expediente tanto por las notas del agente de la Policía que investigó la querella, como por el informe del Registro Criminal Integrado.
Incluso, la fiscal contaba con un instrumento nuevo, una hoja de evaluación de riesgo de feminicidio, que la querellante llenó y cuyo resultado arrojaba que la mujer estaba en alto riesgo de ser víctima de agresión o feminicidio, según confirmó el procurador auxiliar de Asuntos Legales y Fiscalización de la OPM, licenciado Ángel Rodríguez Nazario.
Los informes de OPM surgen cuando ya la OAT había removido de casos de violencia doméstica a la jueza Vélez Carreras. Además, la jueza enfrenta un proceso disciplinario, lo cual iba a ser la recomendación de la OPM, según el informe. Además, la OPM recomendó que los jueces asignados a casos de violencia doméstica, tanto en modalidad criminal como en la modalidad civil de órdenes de protección, asistan a “adiestramientos actualizados sobre violencia de género”.
“La imposición de la condición de supervisión electrónica para la libertad bajo fianza del victimario, señor Santiago Figueroa, era un deber ministerial proveniente de un mandato estatutario y cuyo cumplimiento no estaba sujeto a la discreción adjudicativa de la jueza Vélez Carrera”, indica el informe al añadir que la actuación de la togada demostró “su falta de competencia y conocimiento del mandato legislativo”.
Por su parte, hasta la publicación de esta nota, Justicia no había informado al público qué medidas, si alguna, tomó contra la fiscal Aulet Morales. La recomendación de la OPM es que también sea removida de atender cualquier caso de violencia doméstica. La procuradora Madeline Bermúdez Sanabria confirmó que el departamento no le comunicó a su oficina de ninguna medida con relación a la fiscal durante los ocho meses que duró la investigación.
Justicia dijo que la fiscal “no está atendiendo casos de violencia doméstica”, pero defendió su actuación.
“Independientemente de que el tribunal viniera obligado por mandato de ley a imponer la condición de supervisión electrónica, era el deber de la fiscal Aulet Morales, como parte de sus funciones ministeriales más básicas en protección y representación de la víctima, el asegurarse que se le diera cumplimiento a ese mandato legislativo y solicitar expresamente la imposición de un grillete en el presente caso”, concluyó el informe sobre el proceder de la fiscal.
Tras la publicación de esta nota, Justicia indicó que la fiscal Aulet Morales “no está atendiendo casos de violencia doméstica”. Añadieron que investigaron internamente a esta fiscal y otros dos que intervinieron en el caso y no encontraron fundamento para tomar medidas porque “actuaron al amparo de las leyes, protocolos y normas vigentes en el Departamento a la fecha de los hechos para la investigación y procesamiento de casos de violencia de género”.
El departamento defendió que un fiscal puede quedarse callado ante un juez que no sigue la ley e impone una medida de fianza que beneficia a un imputado, aunque esa medida, como en este caso, presente un peligro para la víctima.
“No cabe duda de que, en virtud de la disposición legal antes aludida, la juez Vélez Carreras era quien único tenía la facultad y el deber en ley de ordenar la supervisión electrónica del señor Santiago Figueroa por razón de que este tenía una convicción previa por el delito de Maltrato de la Ley 54. A falta de acción afirmativa de la juez Vélez Carreras, no recaía en ningún otro funcionario, entiéndase los representantes del Ministerio Público, tal responsabilidad, la que es indelegable”, defendió la agencia en declaraciones escritas.
La ley que hacía obligatoria la imposición de grilletes en casos de violencia doméstica donde el imputado fuera reincidente fue enmendada y eliminó la obligación poco después del asesinato de Morales Vázquez y su familia. Todavía no se ha restablecido la obligatoriedad en casos de reincidencia y para todos los casos de violencia doméstica, como lo pidieron OPM y Justicia.
Para leer el informe de la OPM sobre tribunales, pulse aquí.
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