Apelativo sostiene multa a ‘Guillito’
El alcalde suspendido de Mayagüez recibió multa de la Oficina de Ética por nombramientos ilegales extendidos a su hermano.
El Tribunal de Apelaciones sostuvo una multa de $12,000 que la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) impuso al alcalde suspendido de Mayagüez, José Guillermo Rodríguez Rodríguez, por incurrir en nepotismo al extender nombramientos de confianza en el ayuntamiento a su hermano, Osvaldo.
Este caso administrativo ante la OEG es separado y distinto del proceso criminal que mantiene la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI) por negligencia en el manejo de fondos públicos al aprobar que $9 millones asignados al Centro de Trauma de la ciudad fueran invertidos en el mercado de bonos, lo que resultó en un fraude.
Rodríguez Rodríguez usó su poder público para darle un puesto a su hermano desde 2001, pero ese acto de nepotismo estaba relevado mediante dispensa de la Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales (OCAM), que puso la condición de que toda renovación o cambio en el nombramiento fuera sometido igualmente a aprobación mediante dispensa.
Rodríguez Rodríguez no buscó dispensas para extenderle nombramientos a su hermano en 2013, 2017 y 2021, por lo que la OEG impuso la multa de $12,000, que el alcalde suspendido impugnó ante el apelativo.
“No albergamos duda de que la decisión del señor Rodríguez de designar al señor Osvaldo Rodríguez Rodríguez como Ayudante Ejecutivo equivale a un nombramiento, ya que implica la selección de una persona para que realice funciones específicas. Así pues, las acciones del Recurrente de permitir que su hermano ocupara dicho puesto en distintos periodos, sin solicitar permiso o autorización de la OEG, implican la utilización indebida de sus deberes y facultades para que este último obtuviera un beneficio que no está permitido por ley. Esto es, intervenir en el nombramiento de su hermano, quien cualifica como pariente, conforme la Ley de Ética Gubernamental, supra, no sólo violentó la prohibición al nepotismo instrumentada en el estatuto, sino que también significó la utilización de las facultades que la ley le reconoce y los fondos públicos designados al Municipio para que su hermano obtuviese un beneficio proscrito en nuestra jurisdicción”, indicó el apelativo.
“Es menester destacar que el Recurrente no solo no pidió autorización para nombrar a su hermano en un puesto de confianza, sino que tampoco se desprende del expediente que existieran circunstancias excepcionales que derrotaran la prohibición de nombrar familiares. Así pues, al efectuar dichas transacciones de personal, el señor Rodríguez se desvió de los postulados que proscriben el nepotismo en todo tipo de estructura de gobierno estatal y municipal”, concluyó el panel compuesto por los jueces Felipe Rivera Colón, Joel Cruz Hiraldo y José Monge Gómez.
La sentencia del 24 de abril, pero conocida esta semana, es una mala noticia adicional a la que tuvo en la primaria del domingo. Rodríguez Rodríguez no estaba en la papeleta porque el Partido Popular Democrático (PPD) lo descalificó, pero su sucesora designada, la representante Jocelyne Negrón estaba y quedo segunda ante el alcalde interino, Jorge Luis Ramos Ruiz, quien le sacó ventaja de dos a uno. En su campaña, Ramos Ruiz criticó el desempeño de Rodríguez Rodríguez y resaltó las cosas que el municipio había tenido que hacer para corregir curso.
Rodríguez Rodríguez tampoco tuvo buenas noticias en la primaria del Partido Nuevo Progresista, donde su aliada, la exsenadora Evelyn Vázquez Nieves, se llevó la candidatura, pero con apenas 1,600 votos aproximadamente, también una tercera parte de lo que obtuvo su contrincante popular, Ramos Ruiz.
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