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Tribunales

Apelativo ordena dos años de cárcel para el que arrolló a Natalia Nicole

Foro revisor revocó a jueza que solo impuso sentencia suspendida porque el expediente del convicto reclamaba un castigo más severo.

Natalia Nicole Ayala Rivera.
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El Tribunal de Apelaciones ordenó que se emita una sentencia de dos años de cárcel contra Carlos Julián Maldonado Dávila por el accidente de tránsito que resultó en la muerte de la joven Natalia Nicole Ayala Rivera, debido a que la jueza Nerisvel Durán Guzmán abusó de su discreción al suspenderle la sentencia, lo que tuvo el efecto de que quedara en libertad.

La decisión del tribunal revisor ocurrió a solicitud de la Oficina del Procurador General (OPG) después de que el 9 de noviembre pasado se registrara la sentencia de 10 años de cárcel de manera suspendida. Con la determinación nueva, Maldonado Dávila tendría una sentencia fraccionada de dos años en cárcel y ocho años de manera suspendida.

La jueza superior abusó de su discreción al imponer la sentencia porque “livianamente sopesó” y porque no consideró “con más rigor” hechos del caso que surgían tanto de la prueba que presentó el ministerio público como del informe presentencia. Estos directamente hacían que Maldonado Dávila fuera inelegible para una sentencia suspendida, concluyeron los jueces apelativos.

El accidente que acabó con la vida de Ayala Rivera, deportista de 20 años de edad, y dejó herido a un amigo ocurrió en la madrugada del 4 de enero de 2022, después de que esta detuviera su vehículo en el paseo de la salida al expreso José de Diego en el área de Plaza Las Américas por una goma ponchada.

Cuando provocó el impacto que resultó en la muerte de la joven, Maldonado Dávila conducía negligentemente, con tintes ilegales, en estado de agotamiento y se fue a la fuga.

En el desarrollo del caso, recogido en la prueba y en el informe, el hombre “diseñó una narrativa falsa con el propósito de radicar una querella, en la cual relató que mientras transitaba por el Municipio de Barceloneta la noche de los hechos, un supuesto ‘hombre trigueño con gorra’ impactó su vehículo y procedió a irse a la fuga”.

“Dicha querella falsa activó innecesariamente los mecanismos investigativos de la Policía Municipal de Manatí. En una interrogación posterior, donde se le cuestionó al Sr. Maldonado sobre incongruencias en su historia, y sobre un accidente ocurrido en la jurisdicción de San Juan, donde había fallecido la joven Natalia Ayala Rivera, éste todavía se mantenía firme en su teoría del accidente ocurrido en Barceloneta. Dicha postura continuó, aunque la prueba desfilada en juicio incluyó: el testimonio del agente que identificó los daños del vehículo del recurrido como inconsistentes con un impacto con otro vehículo; testimonio de agentes que posicionaron (al hombre) en las áreas cercanas a la escena del crimen minutos antes los hechos; y testimonio indicando que se encontraron pedazos del vehículo (de Maldonado Dávila) en la escena”, continuó el apelativo.

“No fue hasta la entrevista conducente a la preparación del informe presentencia que (el hombre) presentó una nueva teoría, esta vez admitiendo haber estado involucrado en un accidente en la escena del crimen, entiéndase en San Juan y no en Barceloneta, pero entendía que había impactado un palo o un objeto de construcción y por esa razón continuo la marcha. En el informe también se reveló que el Sr. Maldonado poseía $4,825.00 en multas que incluían infracciones por exceso de velocidad, y que su licencia de conducir de Puerto Rico expiró en el 2015 sin ésta poder ser renovada a raíz de dichas multas, por lo cual conducía con una licencia del Estado de Florida”, añade la sentencia.

“A nuestro entender, la radicación de la querella basada en hechos falsos, y la insistencia del Sr. Maldonado en dicha teoría demuestra un carácter mendaz. Asimismo, la decisión de abandonar a sus víctimas en la escena señala la intención de evadir las repercusiones de sus actos, lo cual presenta evidentes fallos en su juicio y carácter”, concluyeron los jueces.

Al enfatizar en que el beneficio de sentencia suspendida también depende de las recomendaciones del informe presentencia, el tribunal resaltó que en este caso esa recomendación era de sentencia fraccionada.

Además de elementos ya mencionados, el informe presentencia decía que Maldonado Dávila “no acepta la comisión del delito, por lo cual no hay arrepentimiento; responsabiliza al perjudicado, (el amigo de Ayala Rivera) de haber cambiado la descripción del vehículo, sin tomar en consideración que fue él quien los impactó; no ha mostrado empatía hacía las víctimas ni sus familiares, quienes sufrieron grandes daños psicológicos y físicos; y continua con su intención de no asumir responsabilidad por lo sucedido”.

La OPG argumentó, y apelaciones aceptó que “sería superfluo que el legislador exija un informe (presentencia), para que luego un Juez o Jueza tome la decisión de descartarlo sin justificar su razonamiento”.

El panel de jueces apelativos lo compusieron Maritere Brignoni Mártir, Alicia Álvarez Esnard, Karilyn Díaz Rivera y Carlos Candelaria Rosa, quien hubiera llegado a la misma determinación, pero por otros fundamento.

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Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.