Juez pide desestimación de la apelación de la Cámara sobre salarios en la Judicatura
Ni la demanda ni el remedio que dictó un juez superior para que entre en vigor el aumento de salario a los jueces tiene que ver con la Cámara, argumentó al Tribunal de Apelaciones un juez apelativo.
El juez apelativo que demandó para que entrara en vigor el aumento a los togados miembros del Poder Judicial le pidió a sus compañeros de foro que desestimen la apelación que sometió la Cámara de Representantes y que es lo único que evita que la Junta de Supervisión Fiscal (JFS) haga el proceso presupuestario que permitiría el desembolso del aumento retroactivo a julio de 2023.
Después de que el Tribunal de Primera Instancia, Anthony Cuevas Ramos, sentenciara que no hacía falta intervención legislativa para viabilizar el aumento a los jueces, el director ejecutivo de la JSF, Robert Mujica, dijo a NotiCel que ese ente iba a esperar a ver si la Cámara apelaba antes de actuar.
Cuevas Ramos indicó en su sentencia que la Legislatura ya había separado el dinero para el aumento al aprobar el presupuesto vigente y que, luego de eso, solo restaba el trámite de que la Junta certificara que las escalas de aumento eran las que habían aprobado previamente, para que así autorizara al desembolso del aumento. La orden del juez fue para que la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) y la Oficina de Administración de Tribunales (OAT) hicieran la gestión con la Junta.
Pero luego, a preguntas de NotiCel, el presidente cameral Rafael Hernández Montañez confirmó que apelaría y el 12 de enero pasado sometió un escrito en el que argumentó que el salario de los jueces es materia regulada en la Constitución, donde se requiere una “ley especial” para fijarlo y cambiarlo. Añadió que la resolución conjunta, como la que se aprobó para autorizar el presupuesto, no es el instrumento legislativo equivalente a una “ley especial” que requiere la Constitución y advirtió del precedente grave que se fijaría si se permitiera igualar la resolución con “ley especial” en este caso.
“Se estaría abriendo la puerta para que, basado en la inclusión de determinada partida presupuestaria se reclame la creación de derechos con vigencia posterior a la expiración del año fiscal. Por ejemplo, pudiese incluirse una partida para subsidiar una nueva agencia de gobierno, sin que exista una ley orgánica independiente que la cree y más allá de la duración de la resolución conjunta”, expuso al recordar que la resolución conjunta no dura más de un año y no entra al cuerpo de leyes del país.
Al pedir la desestimación de la petición de la Cámara, el demandante, juez Ricardo Marrero Guerrero, se concentró en señalar que el foro al que pertenece no tiene jurisdicción para atenderla porque la Cámara cometió un error de notificación y carece de capacidad para intervenir en el caso.
El error habría sido que no incluyeron como parte, ni notificaron el recurso, a la OAT, a pesar de que la OAT, y no la Cámara, es la entidad que enfrenta una orden del juez superior para actuar. Como no está afectada por la sentencia superior, no tiene capacidad para instar una apelación, aduce el juez. Enfatiza que en ninguna circunstancia la Cámara tendría capacidad para intervenir en este pleito porque, por separación de poderes, un tribunal no puede emitir una orden para que ese cuerpo legislativo haga o deje de hacer algo.
Para poder intervenir, el cuerpo tendría que demostrar qué acto específico le ha impedido cumplir con su función legislativa constitucional pero, en este caso, dijo el juez Marrero Guerrero, nadie le ha impedido a la Cámara ejecutar su proceso legislativo.
Los jueces se juegan en el caso el primer aumento que reciben en 20 años. Las nuevas escalas implicarían 24% de aumento para llevar el salario del juez presidente a $154,556; 20% para llevar el de los jueces asociados a $144,480; 24% para llevar el de los jueces apelativos a $130,579; 32% para llevar el de los jueces superiores a $118,133 y 32% para llevar el de los jueces municipales a $91,764.
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