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Tribunales

Supremo, sin querer queriendo, resalta el lado conflictivo de los contratos de recuperación

En una sentencia con lenguaje fuerte en contra de un proceso de contratación en COR3, el Alto Foro ilustra las concentración de contratos de recuperación y las subcontrataciones ocultas.

En una sentencia que emitió el viernes para cancelar la adjudicación de un contrato en la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3), el Tribunal Supremo hizo expresiones fuertes sobre las fallas de ese proceso de requerimiento de propuestas (RFP en inglés), pero, a la vez, dejó expuesto el problema de conflictos de interés reales o potenciales que hay en el proceso de recuperación y reconstrucción tras el paso del huracán María, que esta semana marca su sexto aniversario.

El RFP cancelado estaba corriendo en COR3 desde octubre de 2021 y era para contratar a la entidad que formaría la “Technical and Advisory Services Programs and Project Management Office”. En esa dependencia se supone que se le provea asistencia a los que reciben fondos federales (agencias de gobierno, municipios y entidades privadas) para la gerencia de sus proyectos y de los procesos de contratación.

Pero esa función todavía no se ha llenado por los problemas en el RFP bajo la administración de un comité de COR3 que adjudicó la buena pro del contrato (el cual nunca se firmó) a la empresa Accenture, que fue la que quedó segunda en la evaluación de propuestas. Tanto la que quedó en primer lugar de la evaluación, Hill International, Inc., como la tercera, Innovative Emergency Management, Inc. (IEM), impugnaron esa adjudicación.

Temprano este año, el Tribunal de Apelaciones resolvió la impugnación de Hill a favor de COR3 (y de Accenture) pero ahora el Supremo, al consolidar la solicitud de revisión de Hill con otra de IEM, falló en contra de COR3 y canceló el RFP por la “inaceptable arbitrariedad” con la que se llevó a cabo el proceso.

En esencia, un requisito determinante del RFP era que los proponentes divulgaran las entidades que tenían subcontratadas y los contratos que tenían con otras entidades de gobierno. “El objetivo de estos requerimientos no está anclado en un deseo inútil de obtener información, y mucho menos responde a un capricho administrativo. Dada la importancia y el alto grado de interés público que permea a este tipo de procedimiento, es imperante que las entidades gubernamentales que se sirvan de bienes y/o servicios a través de entes privados, lo hagan protegiendo siempre la sana administración de fondos públicos y evitando apariencias contrarias a ese principio. Solo de esta forma se garantiza el bienestar del erario contra el despilfarro, el favoritismo y la corrupción. Además, se fortalece la confianza en las instituciones estatales”, dijo el Supremo para defender ese requisito.

COR3 había descartado a Hill, aún teniendo la propuesta más sobresaliente, porque estos no divulgaron las contrataciones que su subcontratista, Tidal Basin Caribe (TBC), había tenido con la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) ni el hecho de que el exdirector ejecutivo de esa corporación pública, Efran Paredes Maisonet, ahora trabaja con TBC. Pero en su petición al Supremo, IEM resaltó que la propuesta de Accenture cojeaba de la misma pata porque no divulgaron los contratos de sus subcontratistas y uno de sus subcontratistas mencionado, el bufete DLA Piper, tiene contratos con la propia Autoridad para las Alianzas Público Privadas (AAPP), que son la agencia bajo la que está colocada COR3.

“[L]a evaluación de todas las propuestas debe ser uniforme y consistente. Sin embargo, el expediente refleja que la Autoridad no justipreció la propuesta de Accenture con el mismo crisol, pues la misma

falta que se le imputó a Hill procedía que se le señalara a Accenture, quien omitió información esencial y necesaria según requerida por el RFP. Lo anterior, a grandes rasgos denota un abuso de discreción falto de razonabilidad”, anotó el Supremo sobre la forma en que COR3 evaluó las propuestas de Hill y Accenture.

“Lo peor de la omisión en torno a (DLA Piper) es que ese bufete tenía numerosos contratos vigentes con entidades gubernamentales, entre los que se destaca, uno con la propia Autoridad para Alianzas Público Privadas para rendirle servicios legales. Este particular da al traste con el propósito de transparencia que persiguen los procesos de subastas en Puerto Rico. El hecho de que existía una relación contractual de uno de los subcontratistas de Accenture con la Autoridad, aunado con la omisión en revelar las relaciones y detalles contractuales como les fue requerido en el REP, tuvo que

haber dado paso, igualmente, a que no se considerara la propuesta. No obstante, en un patente ejercicio de arbitrariedad, escondido detrás de un endeble argumento de discreción administrativa, la Junta de Directores de la Autoridad decidió adjudicar la buena pro a Accenture”, abundó el Alto Foro.

La agencia trató de minimizar la relación de DLA Piper con Accenture diciéndole al Supremo que, en todo caso, si surgiera una situación de conflicto con el bufete le pediría a Accenture que usara a otro suplidor de servicios legales, pero el Supremo subrayó que la evaluación de la propuesta, y la adjudicación a quien resulte ser el mejor proponente, tiene que ser considerando los hechos como se conocen al momento de la evaluación y no dejándolo abierto a lo que se pueda hacer en el futuro para remediar.

La sentencia concluye indicando que COR3 puede hacer un nuevo RFP si quiere y Manuel Laboy, director ejecutivo de la oficina, dijo a NotiCel que “se tomarán las acciones correctivas en un nuevo proceso de Solicitud de Propuestas” para respetar los criterios que estableció el Supremo.

Sin embargo, los lineamientos que proveyó el Supremo de lo que consideran correcto en cuanto al uso de fondos públicos dejaría fuera de competencia a todos los proponentes que comparecieron a este RFP, sea por problemas con sus subcontratados o porque los mismos proponentes tienen contrataciones conflictivas.

El asesor técnico que COR3 busca va a tener contacto y supervisión sobre todos los subrecipientes de fondos federales de recuperación y reconstrucción, que en Puerto Rico son todos los municipios y todas las agencias de gobierno y corporaciones públicas. En la lista de proponentes, Hill tiene conflicto potencial por el subcontrato de TBC que le señalaron; Accenture lo tiene por su relación con DLA Piper, pero también porque tiene contrato vigente con el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), LUMA Energy (otro subrecipiente de fondos a través de la AEE) y la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA); IEM, el que impugnó a Accenture, tiene una situación similar por contratos que tiene vigente con la misma AAPP, el Departamento de Vivienda, el municipio de Barceloneta, y las autoridades de Edificios Públicos y de Financiamiento de la Vivienda así como que también son el gerente de propuestas de LUMA; otro proponente, RDJ Group LLC, tiene contrato con el Departamento de Salud; The Boston Consulting International Group, Inc. tiene contrato con el DDEC; y Deloitte Consulting tiene contratos con la Administración de Seguros de Salud, el Puerto Rico Innovation and Technology Service, y el Departamento de Hacienda.

El señalamiento de que la presencia de Paredes Maisonet en TBC podría presentar un conflicto para Hill también se repite en IEM, donde ahora trabajan el exdirector de COR3, Ottmar Chávez, y el excoordinar para Puerto Rico de la Agencia Federal de Manejo de Desastres (FEMA), Álex Amparo.

Un conflicto similar al que señaló el Supremo en este caso está impugnado en el proceso de quiebras de la AEE debido a que el bufete de la Junta de Supervisión Fiscal, O’Neill & Borges, tiene como clientes, a la vez, a suplidores de la AEE. Estos suplidores son AES Ilumina, LLC2, AES Puerto Rico, L.P., EcoEléctrica, L.P.4, Gas Natural Aprovisionamientos SDG, S.A. (h/n/c Naturgy), Puma Energy Caribe, L.P. y NFEnergía, LLC (h/n/c New Fortress Energy), la matriz del operador privado de las plantas generadoras, Genera PR.

Para leer la sentencia del Supremo, pulse aquí.

PDF: Sentencia TSPR CC-2022-0711.pdf

Vea:

Tribunal avala descalificación de COR3 a proponente que ocultó conflicto

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.