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Tribunales

Por división en Supremo, sobrevive colegiación de ingenieros

Para jueces disidentes, la decisión de hoy es una virazón que puede volver a traer la colegiación compulsoria de las profesiones que ya no la tienen.

El juez asociado Edgardo Rivera García.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

La colegiación compulsoria de los ingenieros y agrimensores volvió a tener protección constitucional desde hoy, después de que el Tribunal de Apelaciones la había declarado inconstitucional, luego de que el Tribunal Supremo no pudiera declarar la inconstitucionalidad porque sus miembros se encuentran divididos 4-4 en la controversia.

El Alto Foro funciona en configuración de ocho jueces, y no de nueve, porque el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia y el Senado no se han puesto de acuerdo todavía en la sustitución de la exjueza asociada Annabelle Rodríguez Rodríguez.

La sentencia es revocar la decisión de Apelaciones que declaró la inconstitucionalidad de la colegiación compulsoria representada en este caso por el Colegio de Ingenieros y Agrimensores de Puerto Rico, pero hubo opiniones escritas tanto por los jueces que hubieran decretado directamente la constitucionalidad como por los que hubieran avalado la inconstitucionalidad.

El juez asociado Edgardo Rivera García escribió una opinión a la que se unieron la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y Luis Estrella Martínez. El juez asociado Ángel Colón Pérez emitió opinión de conformidad separada y los jueces Mildred Pabón Charneco, Erick Kolthoff Caraballo, Roberto Feliberti Cintrón y Rafael Martínez Torres se unieron detrás de este último para emitir una opinión de conformidad.

Según las expresiones, la pugna principal entre las facciones del Supremo es si se deben establecer nuevos criterios para que los jueces evalúen las distintas solicitudes que están surgiendo para declarar la inconstitucionalidad de los colegios compulsorios en las profesiones, o si no hace falta decir más de lo que el Supremo ya dijo cuando declaró inconstitucionales las colegiaciones compulsorias de los abogados y los técnicos automotrices. Colegiaciones adicionales que ya están en los tribunales pendientes de adjudicación incluyen la de dentistas, trabajadores sociales y contadores públicos autorizados.

Para la facción disidente, los criterios nuevos, en vez de aclarar, lo que buscan es hacer un viraje en la doctrina para que se haga más difícil decretar la inconstitucionalidad e, incluso, para revertir las colegiaciones compulsorias que ya se declararon inconstitucionales.

“Al parecer, el Tribunal se dirige a reinsertar a nuestra doctrina constitucional la página negra de la asociación obligada entre profesionales para practicar su profesión... Es predecible que pronto llegará el caso que altere el estado de derecho que protege hoy a los abogados y mecánicos automotrices”, concluyó Martínez Torres, quien defendió que se deben mantener las únicas dos consideraciones que el Supremo ha planteado hasta ahora para evaluar las colegiaciones compulsorias, si responden a un interés apremiante del estado y si no hay un medio menos oneroso para asegurar ese interés.

El juez plantea esto porque Rivera García y los votos que lo respaldan buscan establecer el criterio de que se pruebe que esa alternativa “menos onerosa” que se propone para la colegiación compulsoria represente una “alternativa viable y efectiva en comparación con el mecanismo existente”.

El patrón en estos casos de parte de los profesionales que quieren descolegiarse ha sido plantear que el gobierno tiene juntas examinadoras para las distintas profesiones y que esas juntas son suficientes para regular las profesiones, velar por la educación continua y por el procesamiento ético. Pero también ha surgido el patrón, de los que se oponen a la descolegiación, de señalar que esas juntas están sin recursos y prácticamente inoperantes, por lo que no pueden ser alternativa a los colegios compulsorios.

“Los derechos fundamentales no pueden quedar supeditados a la capacidad económica y conveniencia del Gobierno”, lanzaron los disidentes a través de Martínez Torres.

Rivera García y su bando anticiparon que seguirán buscando votos para la metodología que proponen porque establecer esos criterios daría más certeza de la que dieron los casos anteriores y hubiera atendido “ciertas malinterpretaciones que algunos letrados han hecho” sobre lo que el Supremo decidió en el caso más reciente, el de la colegiación de los mecánicos y técnicos automotrices.

“Para que no quede duda, ese caso no tuvo el efecto de declarar inconstitucional todas las colegiaciones compulsorias. No existe pronunciamiento alguno a esos efectos. Nada en nuestro ordenamiento obliga a los tribunales inferiores a tener que resolver invariablemente que cualquier colegiación compulsoria es inconstitucional”, afirmó.

Para leer la sentencia, pulse aquí.

PDF: Sentencia TSPR sobre colegiación de ingenieros.pdf

Vea:

Vista oral en el Supremo deja claro que faltan muchas más para afinar el proceso

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.