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Tribunales

Mayagüez consigue sentencia de $10 millones tras declarar nulos contratos de asesor convicto

El municipio alegó que los contratos que ellos mismos suscribieron con Roberto Mejill desde 2010 eran ilegales.

El alcalde suspendido de Mayagüez, José Guillermo Rodríguez.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

Mientras que el municipio de Cataño todavía intenta conseguir declarar nulos los contratos que su exalcalde corrupto suscribió con suplidores que lo sobornaron, el Tribunal de Apelaciones avaló declarar nulos los contratos que el municipio de Mayagüez suscribió con uno de los asesores involucrados en la transacción fraudulenta de $9 millones que resultó en siete convictos federales y mantiene al alcalde suspendido de esa ciudad pendiente de cargo criminales.

La sentencia apelativa del 20 de marzo pasado es el primer indicio publico que se tiene del caso, que está activo desde el 2018, antes de que se desarrollara la controversia por la inversión fraudulenta de $9 millones que el alcalde suspendido de Mayagüez, José Guilllermo “Guillito” Rodríguez Rodríguez, autorizó a través de la empresa municipal Mayagüez Economic Development Inc. (MEDI).

Roberto Mejill Tellado, dueño de RWM Consultants, Inc., fue uno de los consultores financieros de Rodríguez Rodríguez para la transacción y una de siete personas que resultó convicto en el tribunal federal por los hechos relativos a la transacción. Rodríguez Rodríguez y la directora de Finanzas del municipio, Yahaira Valentín Andrade, enfrentan cargos criminales locales por la misma transacción. En 2013, Mejill Tellado fue también candidato a vicepresidente del Partido Nuevo Progresista.

RWM presentó demanda de cobro de dinero, incumplimiento de contrato y daños y perjuicios contra el municipio, reclamando $1,017,671.63 que le debían por distintos conceptos bajo tres contratos, uno de 2016 y dos de 2017. Reclamó también $1,284,620.03 por otros conceptos, incluyendo daños.

Estando Rodríguez Rodríguez todavía en el cargo, el municipio contrademandó y alegó que los contratos de RWM desde el 2010 hasta el 2017, que el mismo Rodríguez Rodríguez autorizó y suscribió, eran nulos porque se habían hecho son requerimiento de propuestas, se facturó y cobró por servicios que no estaban contratados, el municipio le pagó sin hacer las enmiendas debidas con relación a la fuente de los fondos y se había autorizado el pago de honorarios contingentes para tramitar deudas o préstamos de forma ilegal.

La contrademanda del municipio dice que se habían pagado $10,500,000 por el cúmulo de esos acuerdos y que, “al ser nulos los contratos, procedía que RWM devolviera dicha cantidad”.

La defensa de RWM calificó la contrademanda, o reconvención, del municipio como una acción “temeraria”, pero también estuvo de acuerdo, según la sentencia del apelativo, en que si su cliente prevalecía procedía reclamarle los poco más de $2 millones reclamados y que si el municipio prevalecía, la determinación del tribunal sería aplicable a todo el cúmulo de contratos incluidos en la reconvención porque los argumentos que aplicaban a los tres contratos con los que inició la demanda aplicaban a todos los que el suplidor había tenido desde 2010.

El panel de jueces apelativos compuesto por Ivelisse Domínguez Irizarry, Monsita Rivera Marchand y Carlos G. Salgado Schwarz resolvió que tuvo razón el Tribunal de Primera Instancia al desestimar la demanda de RWM y conceder las reclamaciones del municipio porque, a pesar de la amplia discreción que pueden tener los alcaldes en la contratación de servicios financieros, para los contratos de RWM se habían incumplido disposiciones específicas de ley que están fuera del ámbito discrecional.

Salgado Schwarz, quien también es presidente de la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura, fue el juez ponente en la sentencia y reservó unos párrafos para criticar la defensa de RWM por expresiones que hizo contra la jueza de instancia, Isabel Padilla Zapata.

La sentencia de instancia fue “evidentemente encargada por la juez mediante un proyecto de sentencia a los representantes legales del Municipio y firmada ‘a ciegas” sin más’”, alegó la representación legal del contratista, quien añadió que “para llegar a dicha determinación, la Juez Padilla Zapa[t]a suscribió los incorrectos argumentos esbozados por los representantes legales del Municipio, tan desvergonzadamente, que llegó al nivel de dejar la misma letra, epígrafe y dichos de los representantes legales del Municipio”.

“[D]ebemos señalar que los abogados tienen un deber de observar el mayor respeto para con los tribunales y los jueces… deben limitar sus planteamientos a las constancias de los casos y al derecho aplicable, sin aludir a imputaciones infundadas”, acotó Salgado Schwarz.

Este caso contrasta con tres que tiene pendiente el municipio de Cataño contra empresas asociadas al contratista corrupto, Oscar Santamaría Torres, quien sobornó al convicto exalcalde, Félix “El Cano” Delgado Montalvo. Cataño también busca que lo contratos de los suplidores sean declarados nulos y estos devuelvan lo pagado, pero, hasta ahora, lo han hecho basado exclusivamente en que las declaraciones de culpabilidad de su exalcalde y de los contratistas evidencian que la contratación tuvo una base fraudulenta. Distinto a este pleito de Mayagüez, en los de Cataño no se ha enfatizado en disposiciones específicas de los contratos que se violaron, incumplieron o que son ilegales.

Para ver la sentencia, pulse aquí.

PDF: KLAN202100897-20032023.pdf

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Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.