Se queda final la multa ética contra empleado del Fondo que hizo campaña por Pierluisi
El Tribunal Supremo no entró a evaluar los méritos de las alegaciones contra exayudante ejecutivo Jesús Muñiz Cruz al encontrar que ya la decisión del Apelativo se había convertido en final.
Los jueces del Supremo pasaron de evaluar las alegaciones contra un funcionario de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) a quien la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) había impuesto multa de $15,000 por realizar actividades político partidistas prohibidas a favor del gobernador Pedro Pierluisi Urrutia.
En una sentencia del 21 de febrero pasado, una mayoría del Alto Foro decidió que la secretaría del Tribunal de Apelaciones había notificado correctamente una resolución de ese foro a favor de la OEG y en contra Jesús Muñiz Cruz, por lo que la sentencia de ese foro intermedio se había convertido en final y firme y no había nada para el Supremo revisar en cuanto a los méritos de la multa.
Por tanto, la sentencia del Supremo realmente se concentró exclusivamente en si la decisión del foro intermedio estuvo bien notificada o no. Esto provocó reacciones disidentes de los jueces Luis Estrella Martínez y Maite Oronoz Rodríguez, quienes llamaron la atención a los riesgos que la sentencia representa para aquellos litigantes que, como Muñiz Cruz, procedan representándose a sí mismos.
Esencialmente, el funcionario de la CFSE dijo que la decisión del Apelativo se le había notificado a su correo electrónico cuando todos los demás asuntos del caso se le notificaban por correo postal y que no vio su correo electrónico a tiempo para reaccionar a la decisión. Muñiz Cruz no había llenado el formulario con el que los litigantes que se representan a sí mismos (pro se) establecen el correo electrónico como método de notificación, y el tribunal apelativo le había estado notificando por correo postal pero la decisión se notificó por correo electrónico. La mayoría del Supremo descartó estos hechos para enfatizar que el funcionario había provisto su correo electrónico en los documentos del caso y que lo usaba para notificar escritos a la otra parte, la OEG. El apelativo había ordenado una segunda notificación de su decisión, pero el Supremo revocó esta orden para dejar solo la primera notificación.
En los méritos, el proceder del Supremo significa que permanece como la última palabra del caso esa sentencia del apelativo que Muñiz Cruz dice que no vio a tiempo y en la que el tribunal sostiene la determinación de multa de la OEG.
Según la misma, siendo ayudante ejecutivo del administrador de la CFSE, Jesús Rodríguez Rosa, en noviembre de 2019 el querellado usó llamadas telefónicas, mensajes de texto y encuentros personales en las instalaciones de la agencia para promover que empleados fueran a una actividad proselitista de Pierluisi Urrutia.
Muñiz Cruz, quien también es pastor, no le había negado los contactos que hizo para la actividad, pero defendió que ocurrieron fuera de horas laborables. El apelativo, sin embargo, observó que el empleado no tenía horarios fijos, por lo que era a él a quien le tocaba establecer con prueba que los contactos ocurrieron fuera de horas laborables y no lo había hecho.
Para la sentencia del Supremo, pulse aquí.
Vea:
Apelativo sostiene multa contra empleado de CFSE que politiqueó a favor de Pierluisi