Fiscalía federal establece beneficios para empresas que confiesen crímenes
La fiscalía de Puerto Rico participa en un empuje que cubre las fiscalías federales de todos los estados y territorios.
Como parte de una campaña a nivel de todo el Departamento de Justicia federal, la Oficina del Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico anunció el jueves la Política de Divulgación Voluntaria (VSD en inglés), con la que se establecen las pautas que se van a aplicar en todo caso en el que una empresa se acerque al gobierno federal para confesar actuación criminal en sus operaciones.
El propósito es que las pautas provean claridad sobre cuándo es que se pueden acceder los beneficios de esa autodivulgación de actividad criminal y los beneficios que están disponibles para las empresas que lo hagan.
En comunicado de prensa, el jefe de fiscales federales para la isla, W. Stephen Muldrow, explicó que el propósito de la política es “incentivar a las empresas a mantener programas de cumplimiento efectivos capaces de identificar conductas indebidas, divulgar y remediar las conductas indebidas de manera rápida y voluntaria, y cooperar plenamente con el gobierno en investigaciones criminales corporativas”.
Según la nueva política, se considera que una empresa ha hecho una VSD si da cuenta de mala conducta de sus empleados o agentes antes de que esa mala conducta se informe públicamente o de que Justicia federal la conozca de otra manera, y divulga todos los hechos relevantes conocidos por la empresa sobre la mala conducta a un fiscal federal de manera oportuna antes de una amenaza inminente de divulgación o de investigación gubernamental. Una empresa que cumpla con la política, que no tenga factores agravantes, y que remedie la conducta delictiva de manera oportuna y adecuada (incluido el acuerdo de pagar todos los desembolsos, el decomiso y la restitución resultantes de la mala conducta), recibirán beneficios como que el fiscal no presione para una alegación de culpabilidad, no se imponga una sanción penal o, de imponerla, que no sea más del 50% del castigo mínimo que resulta cuando se aplican las Guías de Sentencia. También puede tener la consideración de que no se le nombre un monitor de cumplimiento si la empresa demuestra que ha implantado un programa de cumplimiento efectivo.
Los factores agravantes que pueden llevar a que el fiscal busque una declaración de culpabilidad aún cuando estén presentes los otros criterios de la política VSD son: (1) si la mala conducta representa una grave amenaza para la seguridad nacional, la salud pública o el medio ambiente; (2) si la mala conducta está muy extendida en toda la empresa; o (3) si la mala conducta involucró a la gerencia ejecutiva actual de la compañía. La presencia de un agravante no elimina los demás beneficios a los que puede acceder la empresa si hace la autodivulgación, pero podría conllevar la declaración de culpabilidad, a discreción del fiscal federal.
Junto con el anuncio de la política VSD, Muldrow divulgó la efectividad inmediata de la Política de Selección de Monitores para la Política de Procesamiento Criminal Corporativo (MS-CCE en inglés). La designación de un monitor de cumplimiento requiere que el fiscal determine que hay una necesidad demostrada y un claro beneficio derivado de someter una empresa a ese tipo de supervisión. Típicamente, le evaluación de designación de un monitor ocurre en casos en que la empresa se ha declarado culpable, ha entrado en un acuerdo de enjuiciamiento diferido o en uno de no enjuiciamiento.
Estos procesos podrían provocar más procesamiento de conducta criminal en el sector privado por parte de fiscalía federal, un área que, en la práctica, todavía es muy pequeña en comparación con el procesamiento criminal en el sector público.
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