Si recibió dinero consignado en el tribunal, probablemente le pagaron menos
Una demanda busca terminar de una vez y por toda el desorden que tiene la Oficina de Administración de Tribunales con el dinero que recibe en consignación por distintos tipos de pleitos.
Lo han señalado la Oficina del Contralor y el Tribunal de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, pero todavía el sistema que usa la Oficina de Administración de Tribunales (OAT) para administrar los millones de dólares que recibe en consignación por distintos tipos de pleitos es desordenado y viola la ley, según una demanda.
Aunque no es lo que viene a la mente más rápido cuando se habla de los tribunales, la OAT tiene depositados en consignación decenas o cientos de millones de dólares, no hay una cantidad precisa disponible, que usualmente son fondos en controversia en algún caso y se le depositan al tribunal para que los retenga hasta que quede claro en el caso cuánto y a quién hay que pagarle.
Como todo depósito, el dinero genera intereses que la propia OAT ha dicho que son privados porque son intereses que le pertenecen a la misma persona a la que se decida que le pertenece el principal. Pero, cuando la OAT finalmente le desembolsa el dinero a la parte a la que se le ha adjudicado el mismo, lo hace sin incluirle los intereses. Desde el 2022 los intereses se transfieren al Fondo de Acceso a la Justicia, creado por ley en 2021.
Ahora un grupo de demandantes está pidiendo que se certifique una clase, o un grupo que represente a todas las personas en posición similar, para que todas las personas a las que se le dejaron de desembolsar intereses por los últimos 30 años los reciban y para que, en adelante, se le pongan pautas a la OAT sobre cómo manejar ese dinero. También están pidiendo que se declare inconstitucional la ley de 2021 que transfiere los intereses al Fondo de Acceso a la Justicia porque plantean que se trata de una incautación ilegal de propiedad privada por parte del estado.
La controversia sobre el manejo de las cuentas en la OAT no es nueva.
En 2009 un informe de la Contraloría hizo señalamientos sobre esto y también recomendaciones que no fueron atendidas por la OAT. Para ese informe, la OAT alegó que desde junio de 1991 hasta el 30 de junio había emitido un total de 52,103 cheques que representan el pago de poco más de $16.6 millones. Esto es solo intereses, no principal, según el informe de auditoría.
Pero los demandantes Rafael Ángel Rivera Torres, Shalimar López Martínez, Juan Gómez Rodríguez, Ricardo José Santos Vargas, Madeline Campis Maldonado, Emanuel Díaz Rodríguez, Darryl Michael Ramsey Ferguson y Luis Raúl Díaz Mejía recurrieron al tribunal en agosto de 2021 con la denuncia de que recibieron desembolsos de dinero consignado en distintos tribunales que no incluyeron los intereses.
En más de cinco ocasiones han pedido que el tribunal reconozca e instituya una clase de demandantes para que el pleito pueda cubrir a todas las personas que puedan estar en su posición, pero no ha ocurrido todavía. El 31 de agosto pasado, el Tribunal de Apelaciones se abstuvo de darle la razón al actual juez administrador de la OAT, Sigfrido Steidel Figueroa, quien pidió la desestimación de la demanda, por lo que el pleito está vivo.
De la misma manera, está vivo también un pleito federal sobre el mismo tema en el que la jueza Silvia Carreño Coll ya consignó en una orden que no condona el sistema de la OAT para manejar los fondos consignados sino que, "[e]s evidente que la judicatura de Puerto Rico podría implementar un sistema más organizado".
Según la demanda pendiente en el tribunal estatal, antes de 1991 la consignación del dinero era directa, en el sentido de que tribunales mantenía una cuenta por cada controversia en la que se consignara dinero, se generaban intereses y, al desembolsar, se pagaba principal con intereses. Pero en ese año se le facultó por ley a la OAT a que entrara en acuerdos con las instituciones bancarias para transferir esos dineros y manejarlos desde los bancos.
El problema, según la demanda, es que OAT entremezcló en las cuentas tanto las consignaciones de fondos públicos, cuyos intereses puede retener completamente por ley para sufragar sus operaciones, con las consignaciones de fondos privados, cuyos intereses le pertenecen a personas privadas e individuales, según el caso. Además, la ley decía que la OAT podía hacer un reglamento para determinar una "porción razonable" de los intereses privados que podía retener para sus gastos relacionados con la administración de esos fondos, pero nunca hizo el reglamento. Ahora, la mezcla de intereses públicos e intereses privados, así como los pagos que la OAT ha emitido a personas privadas sin incluir los intereses, provoca los cuestionamientos y pleitos.
Como una supuesta medida "transitoria" entre el viejo régimen y el nuevo creado por ley, OAT emitió la Carta Circular 14 del 24 de diciembre de 1991 ordenándole a los jueces a que no autorizaran desembolsos de intereses. La carta "transitoria" no fue dejada sin efectos hasta abril de 2021, después de que se radicara la demanda.
"Este caso trata del grito desesperado de unos ciudadanos que se han cansado de ser víctimas del sistema. Un sistema que, por diseño, les ha despojado de su dinero por más de tres décadas. Agobiados por la complicidad, pasividad e indiferencia; y acompañados de la valentía que conlleva combatir al poderoso, han decidido abandonar el conformismo y enfrentarse a aquellos que se han conducido ilegalmente. Lamentablemente, esta nefasta conducta ha sido perpetrada por el brazo administrativo de la Rama Judicial, la (OAT), organismo llamado a defender los postulados de la Verdad y Justicia en nuestro País", indicaron en una moción el 9 de septiembre pasado los abogados de los demandantes en el pleito local, Javier Rivera Longchamps y Mariana Ortiz Colón.
Después de la radicación del pleito estatal, la OAT admitió que no tiene una plataforma electrónica que pueda hacer el cálculo exacto de intereses en cada caso y buscan evitar que se cree una clase de demandados porque, mientras no hay una clase, los afectados tienen que cada uno someter su pleito por separado. Pero, de existir una clase, todos los ciudadanos que sufran de esta falta de pagos podrían unirse y el remedio que se dicte les aplicaría a todos de una vez.
Relacionado con esto, y también después de la demanda, la OAT creó un formulario que su Unidad de Cuentas envía a aquellas personas, y sus abogados, a los que se les pagó dinero consignado y que no recibieron intereses para informarles de la cantidad de intereses que se los podría pagar ahora. Pero los demandantes pidieron al tribunal que le ordene a la OAT suspender el uso del formulario porque, además de que los funcionarios de la OAT han admitido la falta de herramientas para calcular esos intereses con precisión, el documento no dice cuál fue el porciento aplicado al principal para llegar al interés que se le informa a la persona, no dice si la OAT hizo algún descuento a los intereses por concepto del la "porción razonable" que la ley les permite retener y no le informa a la persona de su derecho a solicitar una revisión de ese cálculo.
"[E]n un giro inusual y como parte de su estratagema litigiosa, la OAT pretende evadir la revisión judicial emitiendo pagos a 'ciegas' a los miembros de la clase", argumentaron los demandantes sobre esta movida que puede resultar en que, la persona que acepte un pago emitido con ese trámite, podría estar renunciando a cobrar más si le debían más.