Requerimiento "inusual" en caso O'Neill provoca división en el Supremo
Jueces de mayoría defienden su indagatoria sobre el status de uno de los cargos contra exalcalde de Guaynabo, pero los disidentes lo critican como un trato privilegiado.
En una acción que es la primera de su tipo que se conozca públicamente, el Tribunal Supremo decidió preguntarle al exalcalde de Guaynabo, Héctor O'Neill García, y a la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente (OPFEI) si todavía estaba vivo un cargo criminal contra el exfuncionario y que, precisamente, es un cargo que ellos tienen en sus escritorios pendiente de decidir si prescribió o no.
Este curso de acción, hecho con votación de cinco a tres, fue presentado por los jueces del bloque mayoritario como un curso normal y necesario para que el tribunal se asegure de que la controversia que tiene ante sí todavía está vigente o no. Pero tres jueces disidentes cuestionaron lo fuera de costumbre que resulta y la posibilidad de que se esté concediendo al exfuncionario un trato privilegiado que no se le hace disponible a otros litigantes.
La controversia de si un cargo de actos lascivos seguía vivo o no duró poco y quedó reducida a una especie de juego de "dime tú primero". El Supremo publicó su resolución el martes en la noche y hoy, menos de 24 horas después, la presidenta de la OPFEI, Nydia Cotto Vives, dijo que, en efecto, el cargo no estuvo incluido en la alegación de culpabilidad que O'Neill García hizo así que sigue vivo. Precisamente, recalcó, fue excluido porque el Supremo no ha decidido todavía si está prescrito o no. El Supremo pide luz a las partes y las partes piden luz al Supremo.
O'Neill García cuenta con una decisión apelativa que concluyó que el delito estaba prescrito.
El bloque mayoritario de jueces que emitió la resolución ridiculizó las posturas de los disidentes, particularmente la del juez asociado Luis Estrella Martínez, señalándole más de una vez que en las clases básicas de la carrera de Derecho se aprende que los tribunales tienen que velar que las controversias ante sí no se vuelvan académicas.
"Hoy le solicitamos a las partes que nos informen si han llegado a un compromiso o preacuerdo en el litigio que nos ocupa. ¡Sencillo!... Si luego de la comparecencia de las partes concluimos que nuestra jurisdicción para atender la controversia está intacta, procederemos conforme a derecho a resolverla. Si por el contrario se concluye que no existe una controversia genuina, de igual forma procederemos conforme a derecho y desestimaremos el recurso", dijo el juez Rafael Martínez Torres en nombre de la mayoría.
"[L]a acción que hoy adopta este Tribunal resulta excepcional al contrastarla, precisamente, con otras instancias en las que el grado de consideración hoy ofrecido no ha sido igualmente conferido a la protección de derechos de otros acusados, especialmente aquellos despojados de representación legal", apuntó Estrella Martínez al resaltar lo "inusual" de la movida de la mayoría.
La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, planteó en su disenso que la indagatoria que hace la mayoría no era necesaria, pero es "inquietante", porque no era posible que el exalcalde y la OPFEI llegaran a un acuerdo que dispusiera de los actos lascivos sin decirle nada al Supremo, sabiendo que hay un caso pendiente sobre ese delito.
El juez asociado Ángel Colón Pérez, en otro disenso, calificó la acción de la mayoría como "un tratamiento en extremo privilegiado a los actores del caso". Cuestionó si, de ahora en adelante, para "brindar un trato uniforme a todo aquel o aquella que toca las puertas de este Foro", se le estaría preguntando a las partes, antes de resolver el caso, si la controversia sigue viva.
Para ver la resolución del Supremo, pulse aquí.
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