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Tribunales

Jueces piden paralización del Plan de Ajuste de la Deuda

La judicatura fue otra clase de empleados públicos que, como los maestros, sufrieron cambios en su sistema de retiro en el Plan de Ajuste de la Deuda.

La judicatura de Puerto Rico, que está objetando la forma en que se trata su sistema de retiro en la quiebra de Puerto Rico desde 2019, sometió el viernes una apelación y una solicitud de paralización contra el recién aprobado Plan de Ajuste de la Deuda (PAD).

Al igual que los maestros, la judicatura es la otra clase de empleados públicos que han objetado las modificaciones que tuvieron a su sistema de retiro. En ambos casos es similar, el sistema se les cambio de uno con beneficios definidos a uno con aportaciones definidas y se le mantienen eliminados los ajustes por aumento en el costo de la vida.

El argumento que ha usado la judicatura, a través de la Asociación Puertorriqueña de la Judicatura (APJ), es que su sistema de retiro tiene que considerarse distinto al de maestros y al de los empleados del gobierno central porque el suyo tiene sus orígenes en la Constitución del Estado Libre Asociado. Añaden que los cambios al sistema de retiro representan una reducción retroactiva de su compensación y emolumentos lo cual, argumentan, constituye a su vez una violación a la independencia judicial y al principio republicano de tres ramas de gobierno independientes.

La orden de confirmación del PAD establece que, de no hacer cambios al sistema de retiro de maestros y jueces, costaría $984 millones cumplir con los beneficios de ambos sistemas de retiro el próximo año. Igual que a los maestros, el PAD ingresar a los jueces en el Seguro Social. En la orden, la jueza Laura Taylor Swain concluyó que cualquier disposición legal que evite o contravenga los cambios a estos dos sistemas de retiro quedaría anulada.

Ya la jueza Swain había determinado que no podía acceder a los reclamos de los jueces porque no había base para darle un tratamiento a ese sistema de retiro distinto a otros sistemas de retiro. El Plan aprobado, por otro lado, contiene una prohibición de cualquier modificación a planes de retiro por 10 años, a menos que sea autorizado por el tribunal.

La intención de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) es ejecutar el PAD el 15 de marzo, por lo que las partes opositoras, como los jueces ahora, pero también un grupo de organizaciones magisteriales y un grupo de cooperativas que también van a apelar el Plan, necesitan solicitar específicamente la paralización.

En el plan aprobado, la elegibilidad de retiro para jueces se establece en 60 años de edad y 10 años de servicio. Como a otros pensionados, a los jueces se les eliminan los bonos de Navidad, verano, medicinas y la aportación al plan médico.

Hay una disposición que aplica a "jueces que sirven sin término fijo" que, en el sistema judicial de Puerto Rico, significaría los jueces asociados del Tribunal Supremo, ya que los jueces municipales, superiores y apelativos tienen una cantidad de años fijada por ley, pero el término de los jueces del Supremo no es una cantidad de años fijada en ley sino hasta que cumplan los 70 años. Esa disposición dice que si fueron nombrados antes del 28 de junio de 2007 van a recibir los beneficios completos acumulados hasta la fecha de efectividad del PAD calculados según la fórmula de salario y años de servicio que existía antes de las modificaciones. Se añade que para calcular su pensión es el anterior a la fecha de efectividad del Plan.

Aplicado a la biografía de los ocho jueces asociados que sirven actualmente en el Supremo, este esquema parecería cubrir a todos, menos a la jueza presidenta Maite Oronoz y a los jueces asociados Roberto Feliberti y Luis Estrella. En el caso del resto, aunque llegaron al Supremo en fecha posterior al 2007, vienen de otras posiciones en la judicatura, o de trabajos en el servicio público, que les permitirían acreditar tiempo. En el caso del juez Erick Kolthoff Caraballo, fue confirmado por el Senado a su posición anterior de juez superior dos semanas antes de la fecha de corte (28 de junio de 2007) que establece el PAD.

El Plan Fiscal que se aprobó tras la confirmación del PAD provee para aumentos de salario a los empleados del Poder Judicial, pero no para los jueces ya que esa compensación está fijada por ley y un aumento sería materia de acción legislativa y aprobación por el Gobernador.

Vea:

La toga en brote por los recortes a pensiones judiciales

Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.