Familia de Ruiz Costas dice al Supremo federal que Supremo de PR "silenció su voz"
Amigos de la corte resaltan que lo que hizo el Supremo de PR constituye una aberración en comparación con las reglas en los estados y los precedentes del propio Supremo federal.
Los padres de Andrea Ruiz Costas, quien fue asesinada por su expareja después de intentar que los tribunales de Puerto Rico le dieran remedios para protegerla de su acoso, pidieron al Tribunal Supremo de los Estados Unidos que acepte revisar la actuación del Supremo de Puerto Rico sobre la divulgación de las grabaciones de las vistas judiciales de su hija porque les violaron su debido proceso de ley como únicos representantes de la víctima.
La solicitud de Olga E. Costas Rodríguez y Alfonso Ruiz Pérez se registró el viernes pasado, último día plazo para someter escritos a favor o en contra de la solicitud que sometió la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (ASPPRO) para que el Supremo federal revise la actuación del máximo foro local.
La petición recibió también apoyo mediante comparecencias de amigos de la corte, pero no se registró una comparecencia del Gobierno de Puerto Rico, representado por el licenciado Omar Andino Figueroa del Departamento de Justicia, para consignar una postura sobre la petición. En un comunicado, la Oficina del Procurador General dijo que se expresarían sobre la petición si el Supremo federal la acoge y les pide plantear una posición.
"[E]l Tribunal (Supremo) silenció la voz de los únicos representantes de la víctima en este caso", dijeron los padres de Ruiz Costas al Supremo federal a través de sus representantes, los licenciados Rafael Rodríguez Rivera, Judith Berkan, Luis Torres Asencio y Steven Lausell Recurt, de la Clínica de Acceso a la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana.
Los padres de la mujer asesinada a fines de abril pasado enfocaron en que nunca tuvieron la oportunidad de plantear formalmente su posición porque el Supremo canceló motu propio la vista en el Tribunal de Primera Instancia en la que ellos intervendrían como representantes de su hija y decidió sumariamente no solo prohibir la divulgación de las grabaciones, sino decretar que los procesos de violencia doméstica en los tribunales de la isla son confidenciales.
"La forma en que el Tribunal Supremo manejó este asuntó forzó (a los padres de Ruiz Costas) a alternar entre llorar con toda su familia por la pérdida trágica de su hija (29 de abril de 2021) y hacer los arreglos para el funeral (8 y 9 de mayo de 2021), mientras intentaban desesperadamente que sus reclamos a favor de la divulgación pública de las grabaciones se escuchara mediante expresiones públicas (5 de mayo de 2021) y una declaración jurada (7 de mayo de 2021) antes de que el Supremo cerrara la causa sobre esas peticiones (10 de mayo de 2021)", argumentaron Costas Rodríguez y Ruiz Pérez para pedir la activación de la jurisdicción del Supremo federal.
Al resaltar que el Supremo "impuso un remedio que nadie le había pedido", los padres de Ruiz Costas recalcaron que el Alto Foro "no ha ofrecido apoyo empírico para su premisa de que el cierre categórico de procesos civiles y criminales de violencia doméstica es necesario para asegurar que las víctimas de violencia doméstica den un paso al frente con sus querellas". La confidencialidad tampoco está mandatada en la ley especializada sobre violencia doméstica, la Ley 54, añadieron.
En esta etapa del caso, se registraron tres comparecencias como amigos de la corte.
El especialista en asuntos constitucionales que afectan a veteranos, Jack Jordan hizo un argumento en contra de la actuación del Supremo de Puerto Rico y a favor de la aplicación de los precedentes constitucionales de apertura de los procesos judiciales.
El Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico elaboró el razonamiento sobre la "anomalía" que representa la forma en que el Supremo resolvió el caso y las violaciones a derechos y debido proceso que cometió en el camino, así como que aclaró que el problema no es la ley que el Supremo usó de excusa sobre cómo los jueces pueden manejar al público en las salas de violencia doméstica, sino en la interpretación excesiva y absoluta que le imprimió el Alto Foro al decretar que eso significaba que todos los procesos de violencia doméstica serían confidenciales. "Como servidores públicos, los jueces no están inmunes de la fiscalización pública y la crítica", recordó el Colegio, por medio de la licenciada Jéssica Méndez Colberg.
Pero la comparecencia de amigo de la corte con más argumentos sobre lo anormal que fue el proceder en este caso provino de la cadena de diarios Gannett Co., Inc., la National Press Photographers Association y la New York News Publishers Association, quienes hicieron un repaso de cómo se favorece la apertura de los procesos criminales y estatales a lo largo y ancho de Estados Unidos.
Este caso, subrayaron, sería una oportunidad para que el Supremo se exprese sobre el derecho de acceso a procesos judiciales civiles y para hacer una corrección importante porque la decisión del Supremo de Puerto Rico "es antitética a todo lo que (el Supremo federal) ha dicho jamás sobre los valores de un proceso judicial transparente".
"Sin salvaguardas procesales fuertes para proteger el derecgo de acceso, el público no puede impugnar decisiones incorrectas, abogar exitosamente por reformas legales o mantenerse al tanto de cambios en la ley... Sin acceso en este contexto, el público no puede pedirle cuentas a la judicatura por la falla en proteger a las víctimas de violencia doméstica o levantar una campaña informada para lograr reformas legales", indicaron las organizaciones que suscribieron la comparecencia, a través del bufete Greenberg Traurig, LLP y de la Clínica de Primera Enmienda de la Escuela de Derecho de la Universidad de Cornell.
Para ver la comparecencia de los padres de Ruiz Costas, pulse aquí.
Para ver la comparecencia del CAAPR, pulse aquí.
Para ver la comparecencia de Gannett Co. y otros, pulse aquí.
Para ver la comparecencia de Jack Jordan, pulse aquí.
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