Requerimiento de tarjeta de vacunación en negocios provoca demanda federal
Es un segundo pleito presentado por el mismo grupo legal que mantiene vigente otra demanda federal en contra de los mandatos de vacunación de la Administración Pierluisi.
La imposición mediante orden ejecutiva que empezó este lunes para que todo negocio verifique el estado de vacunación de sus clientes, o de lo contrario se autolimite la capacidad a 50%, es objeto de una demanda federal asignada al juez Raúl M. Arias Marxuach y que se presentó el viernes en la noche.
Aunque parte de las alegaciones tienen que ver con el ampliamente discutido nuevo requisito de verificación de status de vacunación en comercios y otros establecimientos, también abarca una directriz poco discutida del Secretario de Salud que añadió la vacunación contra Covid-19 como un nuevo requisito para la emisión de los certificados de salud que las personas tienen que tramitar comúnmente para acceder, o retener, algunos empleos y licencias ocupacionales.
La reclamación está suscrita por el mismo equipo legal que tiene un segundo pleito federal pendiente por los mandatos de vacunación que ha impuesto la Administración Pierluisi. Para ese primer pleito el gobierno tiene hasta este martes, 31 de agosto, para responder y está ante el juez Pedro Delgado Hernández.
En una vista reciente, el juez Delgado Hernández, rechazó la solicitud de los demandantes de celebrar de inmediato una vista de interdicto, estableciendo que prefiere esperar a ver la respuesta del gobierno a las alegaciones. El juez que tiene ante sí la segunda demanda, Arias Marxuach, tiene trasfondo republicano, tuvo carrera profesional principalmente en un bufete corporativo y es católico ignaciano.
El grupo legal lo integran el licenciado José R. Dávila Acevedo, de B&D LLC, y Arturo V. Bauermesiter e Ilya Shapiro por el Instituto de Libertad Económica (ILE) de Puerto Rico. Shapiro es vicepresidente del Cato Institute, principal grupo de propuestas conservadoras y libertarias en Estados Unidos, y director del Robert A. Levy Center for Constitutional Studies, pero el fundador del ILE, el empresario Jorge L. Rodríguez, ha indicado que su participación en el pleito es en caracter personal y no implica al Cato Institute.
En los tribunales locales, que se conozca, hay solo un pleito pendiente, que presentó la sacerdotisa Wicca, y maestra del Departamento de Educación, Brenda Figueroa Ortiz, quien busca que se elimine el requisito de pruebas semanales de Covid-19 para los no vacunados bajo los mandatos, o que el requisito aplique a todos, tanto vacunados como no vacunados.
En el nuevo pleito radicado el viernes, son demandantes la empresa Tropical Chill, que tiene heladerías en San Juan, Guaynabo y Dorado, la empleada de farmacia Alexandra Irizarry, el empleado de supermercado René Matos y Yasmín Vega, dueña del contenedor, convertido en cabaña, Hillside Cabin, que se mercadea a través de la plataforma Airbnb.
La acción legal ataca el esquema general de órdenes ejecutivas que ha emitido la Administración Pierluisi para atender la pandemia, pero específicamente tres que componen un mandato de vacunación que se va ampliado, a saber, la 62 (aplicable a contratistas de la Rama Ejecutiva, así como en los sectores de la Salud y las hospederías), 63 (aplicable a restaurantes, barras, chinchorros, cafetines, "sport bars", teatros, cines, coliseos, centros de convenciones y de actividades, y cualquier otro local en formato cerrado que expenda bebida o comida preparada) y la 64 (aplicable a salones de belleza, barberías, salones de estética, spa, gimnasios, centros de cuidos de niños, supemercados, colmados, casinos y tiendas en gasolineras).
Usando datos de fuentes oficiales, pero también estudios científicos que no han sido validados por esa comunidad todavía, los demandantes sostienen que hoy las limitaciones a las libertades personales y comerciales por la pandemia se justifican mucho menos que lo que se justificaban el año pasado, cuando comenzó el periodo de emergencia, precisamente porque el avance de la vacunación ha servido el propósito de mantener el mínimo la utilización de recursos de salud, como camas y ventiladores.
Además, argumentan que el gobierno está en un ciclo de alarma por las cifras de infección que está tergiversado y no refleja la realidad porque, distinto a Estados Unidos, en Puerto Rico no hay disponibilidad de pruebas gratis de manera que realmente se puede decir que las pruebas sirven para proveer una radiografía de toda la población. En vez, debido a que se requiere una orden médica y pueden ser costosas para los no asegurados, aquí las pruebas solo se las hacen los que ya se sienten enfermos o creen haber estado expuestos al virus, lo que es un universo más pequeño que es más propenso a reflejar resultados positivos, explicaron.
“[E]l gobierno está usurpando en los derechos de los empleados del sector privado y empresarios a ganarse la vida honestamente, incluyendo al poner la vacunación como condición para licencias de salud y ocupacionales. Es una condición inconstitucional clásica. Lo que es más, el gobierno está forzando al sector privado a hacer su trabajo sucio, en efecto reclutando a negocios grandes y pequeños para verificar vacunación y regular las pruebas”, argumentaron.
Las bases legales de su reclamo son supuestas violaciones a la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos y a la Ley de Restauración de Libertad Religiosa (RFRA en inglés) porque, en el caso de Vega, sus creencias religiosas le provocan una postura antivacunación, pero la orden ejecutiva 62 la obliga a convertirse en verificadora de vacunación para el gobierno y a “participar en, y condonar, la vacunación forzosa, lo cual va en contra de sus creencias religiosas”.
La demandante Irizarry reclama como uno de los daños sufridos el que “está forzada a pedir un reembolso de taquillas que había comprado para el espectáculo de ‘El Molusco’ en Bella Artes, porque no está vacunada”.
Las órdenes ejecutivas, se expone al tribunal, violan libertades económicas, de propiedad, de autonomía personal e integridad corporal y el derecho a rechazar tratamiento médico.
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