Largas horas de espera para radicar casos de mujeres víctimas de Ley 54
El documento, de 110 páginas, expone que son los casos "donde ha existido intervención de la Policía".
El Informe Preliminar del Grupo de Trabajo en Casos de Feminicidio encomendado por la Oficina de Administración de Tribunales (OAT) destaca que "tradicionalmente" los casos en virtud de Ley 54 suelen presentarse ante un juez o jueza pasadas las 4:00 de la tarde, una particularidad que señala, debe mejorar y que además, se hace eco de lo que vivió Andrea Ruiz Costas antes de fuera asesinada a manos de Miguel Ocasio Santiago un mes después de que no se encontrara causa contra el hombre.
El documento, de 110 páginas, expone que son los casos "donde ha existido intervención de la Policía", o en los que hay un caso penal que se va a presentar, los que terminan en "largas horas desde que se solicitaron auxilio de la Policía hasta que finalmente son traídas a la atención de los tribunales".
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Un señalamiento que expone que las horas que pasó Ruiz Costas antes de que se viera el caso son una realidad que viven muchas mujeres.
Y es que Ruiz Costas acudió a buscar ayuda cercana las 3:00 de la tarde, según relató el policía Ernesto Zayas Figueroa en la grabación de la vista del 26 de marzo a la que NotiCel tuvo acceso y publicó, y no fue hasta las 7:50 de la noche que se presentó el caso.
Precisamente, las primeras preguntas de la jueza a Zayas Figueroa fueron relacionadas a la dilación en presentarle el caso a esa hora a la luz de que los hechos eran de días antes. Zayas Figueroa explicó que el primer policía que atendió a Ruiz Costas la dirigió al proceso de orden de protección el día antes y que no fue hasta ese mismo viernes que él (Zayas Figueroa) tomó el caso porque Ruiz Costas había vuelto a recurrir al tribunal ante el hecho de que el día antes no había conseguido la orden. El policía dice que la hora se debió al trámite con la fiscal Liza Morales Jusino y que él desconocía qué había sucedido con el trámite de la orden de protección.
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"Esto resulta en que en muchas ocasiones los y las testigos o partes perjudicadas de la violencia, lleven largas horas desde que solicitaron auxilio de la Policía hasta que finalmente son traídas a la atención de los tribunales y que, para ese entonces, la operación de las salas especializadas para atender estos casos ya ha cesado, al igual que los recursos de apoyo", finaliza diciendo el informe de manera generalizada, al mismo tiempo que hace una serie de recomendaciones en las que se incluye:
- Retomar los acuerdos con la Policía para que haya agentes enlaces disponibles en las Salas Especializadas de Violencia Doméstica, Proyectos de Especialización y Salas de Investigaciones.
- Realizar coordinación con la Policía estatal y municipal para cumplir con los diligenciamientos de las órdenes de protección.
- Establecer acuerdos de colaboración con la Policía de Puerto Rico para lograr el diligenciamiento efectivo y rápido de las órdenes de arresto en casos penales bajo la Ley 54.