Abogados de asesino de Andrea Ruiz Costas se quedarán en el caso, determina juez
Un juez superior de Caguas concluyó que no había suficientemente fundamento en el conflicto de interés que le presentaron abogados de la Sociedad de Asistencia Legal.
El juez superior de Caguas, Rafael D’ Anglada Raffucci, declaró no ha lugar la solicitud que hicieron los abogados de la Sociedad de Asistencia Legal (SAL) que representan a Miguel Ocasio Santiago, asesino confeso de Andrea Ruiz Costas, para que se les relevara del caso por entender que habían surgido situaciones que los colocaban en un conflicto de interés.
El argumento del juez es que no se le presentaron suficientes elementos para fundamentar un conflicto real que ameritara sacar a la SAL, su oficina de Caguas o sus abogados del caso. Su decisión contrasta con la opinión del propio Ocasio Santiago, quien le había dicho a sus abogados que no quería que la SAL lo siguiera representando.
Con esta determinación, el caso se encamina a su primer día de vista preliminar pautado para este viernes.
Según la resolución del juez D’ Anglada Raffucci y como había adelantado NotiCel, el conflicto consiste en que una abogada de la SAL de otra oficina que no es la de Caguas, tuvo contacto extenso y ofreció asesoría a una persona que fue anunciada como testigo del Ministerio Público y que no está identificada todavía. “[L]a asistencia provista se relaciona al caso de autos, e incluyó recomendación de radicar el caso… dicha asistencia se extendió desde antes del asesinato de la víctima hasta luego de la presentación de los cargos”, dice el juez sobre la alegación de conflicto que fue discutida a puerta cerrada el lunes en una vista en la que el Ministerio Público se allanó a lo que decidiera el tribunal al respecto.
La asistencia de la abogada de la SAL se manifestó en mensajes de texto, correos electrónicos, llamadas personales y dos reuniones en persona el 29 de junio pasado en un lugar de comida en Caguas y el 30 de junio a las 7:00 am, que fue la última comunicación y que ocurrió después de conocerse que la SAL asumiría la representación legal de Ocasio Santiago. Los asuntos que discutieron la abogada y el testigo están “estrechamente relacionados con las imputaciones del presente caso por tratarse de los hechos que concluyeron en el asesinato de la víctima”, se dice sin más detalle.
La SAL maneja el caso a través de los abogados Rubén A. Parrilla Rodríguez y Luis Pérez Bonilla. Parrilla Rodríguez planteó en una moción la semana pasada que conoció del posible conflicto recientemente y argumentó al tribunal en la vista que surgían dos fuentes de conflicto: uno personal de Parrilla Rodríguez porque es el presidente de la Unión de Abogados de la SAL y tendría que atender cualquier proceso laboral que el episodio generara contra su compañera y otro de la SAL en pleno por la posibilidad de que tengan que contrainterrogar a la abogada que ofreció asistencia al testigo de cargo antes de que la SAL tuviera asignada la representación de Ocasio Santiago. También, por el deseo expreso de este de no ser representado por la SAL.
Para D’ Anglada Raffucci, el primer planteamiento de conflicto no tiene mérito porque el deber máximo de Parrilla Rodríguez, como abogado de defensa, es hacia el mejor servicio para los clientes de la entidad y no para sus compañeros empleados, por lo que “el aspecto laboral de la controversia no puede ser elemento que impida o interfiera con el descargo de sus funciones como abogado de defensa en la representación legal de SAL hacia el imputado”.
En el segundo punto, el juez recalcó que no se le proveyó información suficiente. No se le dijo en qué consistió la asistencia o consulta ni tampoco el grado de comunicación que pueda haber entre distintas oficinas regionales de la SAL, tampoco se le llevó a la abogada involucrada para que el tribunal pudiera conocer más. Por tanto, concluyó que no hay evidencia suficiente de que existe un conflicto, reconociendo, a la vez, que el Tribunal Supremo todavía no ha pautado norma sobre los conflictos que pueden surgir entre oficinas regionales de un mismo ente legal, como puede ser la SAL o la Oficina de Servicios Legales.
“El hecho de que el testigo de cargo, que no es un perjudicado ni víctima en el caso penal contra el imputado, hubiese sido previamente orientado por abogado de SAL en otra oficina regional, sobre hechos relacionados, no implica conflicto que inhabilite o impida a abogado de SAL tener una lealtad completa y una adecuada representación legal. Tampoco impide cumplir con el derecho del imputado a contrainterrogar al testigo. No existen fundamentos suficientes de divulgación indebida que requieran el relevo de la representación de los abogados de alguna otra oficina regional”, concluyó el juez.
Ocasio Santiago enfrenta tres cargos, asesinato, Ley de Armas y destrucción de evidencia, con relación a la muerte de su expareja, Ruiz Costas, quien acudió al Tribunal de Caguas en intentos en vano para obtener protección en contra de su entonces expareja.
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