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Tribunales

Supremo le pone valor a la reputación de Romero Barceló

En caso de difamación contra golfista “Chi Chi” Rodríguez, favorecen posición del exgobernador y su esposa.

El exgobernador Carlos Romero Barceló.
Foto: Juan R. Costa / NotiCel

El Tribunal Supremo determinó que reparar los daños a la reputación que sufrió el exgobernador Carlos Romero Barceló por expresiones falsas que hizo en su contra el golfista Juan Antonio “Chi Chi” Rodríguez Vilá cuesta $200,000 y que sus sufrimientos y angustias mentales valen otros $125,000.

El Alto Foro emitió su sentencia el lunes pasado en votación 5-2 que tuvo disidencia de las juezas Maite Oronoz Rodríguez y Anabelle Rodríguez Rodríguez y en la que no participaron los jueces Ángel Colón Pérez y Edgardo Rivera García.

Con su determinación, el Supremo revocó a un panel de jueces del Tribunal de Apelaciones y reinstaló la sentencia de la jueza de Primera Instancia, Elisa A. Fumero Pérez de abril de 2018, quien había condenado a Rodríguez Vilá a pagar a Romero Barceló $200,000 por daños a su reputación, $125,000 por angustias mentales; a su esposa, Kathleen Donnelly McCallum, $60,000 por angustias mentales; y al juez Abelardo Bermúdez Torres, $250,000 por daños a su reputación y $150,000 por angustias mentales. Además, le condenó a pagar a los demandantes otra partida por concepto de temeridad.

Las jueza disidentes, así como lo hizo la mayoría de los jueces del panel de Apelaciones, encontraron que la compensación concedida a Romero Barceló es “exageradamente alta” porque no presentó el tipo y nivel de prueba que ordinariamente se requiere a demandantes que alegan daños a su reputación por concepto de difamación. Subrayaron que la prueba se limitó al testimonio del propio Romero Barceló y su esposa y que no se complementó con prueba pericial para que la determinación de daños cumpliera con ser proporcional, en vez de punitiva. Recordaron que la ausencia de prueba pericial fue uno de los elementos que el Supremo usó en 2013 para reducirle la compensación a la fiscal Iris Meléndez Vega, de $1,050,000 a $350,000, en la demanda de difamación que ganó contra el periódico El Vocero.

El criterio que usó la mayoría de los jueces del Supremo fue concederle total deferencia a la apreciación del testimonio de Romero Barceló y su esposa que hizo la jueza Fumero Pérez, quien antes de la judicatura se desempeñó como asesora legal de la Autoridad de Energía Eléctrica durante la Administración Fortuño.

“[E]l incidente le había causado, no algunos desvelos, sino ‘muchos’", enfatizó el Alto Foro.

Los hechos se remontan al 2011 cuando Rodríguez Vilá hizo una declaración jurada en la que colocó a Romero Barceló, su exasesor de comunicaciones, Pedro Rivera Casiano, y al juez Bermúdez Torres entrando juntos “un sábado” de la primera semana de octubre de 2008 a la villa de Rivera Casiano en el resort El Legado de Guayama. En octubre de 2008, Bermúdez Torres presidió el juicio criminal contra el banquero Joseph Raymond Molina, a quien encontró culpable de dar un puñetazo a Romero Barceló en un restaurante de San Juan.

Además de suscribir la declaración, Rodríguez Vila la discutió con los medios de comunicación, pero en el juicio se estableció que, a la fecha que correspondía el sábado de la primera semana de octubre de 2018, el día 6, Romero Barceló estaba en una actividad política en Guaynabo, Bermúdez Torres estaba con sus hijas y Rivera Casiano estaba en Virginia.

De hecho, la apelación que llega al Supremo no es por el golfista, sino porque Romero Barceló y su esposa querían restablecer la cantidad de dinero que Primera Instancia les había concedido por daños a la reputación y que Apelaciones les había dejado en $0.

Detallan el sufrimiento de Romero Barceló

“Las expresiones de Rodríguez (Vilá) expusieron al exgobernador Romero Barceló al odio y al repudio público. Además, las declaraciones de Rodríguez afectaron y afectarán a Romero Barceló en su buen nombre y reputación y en su proyección histórica, que fue uno de los elementos que específicamente él lamentó durante su testimonio; es decir, afectará lo que se dirá y enseñará sobre él a las generaciones futuras”, dijo la jueza Fumero Pérez en su sentencia.

El golfista Juan Antonio “Chi Chi” Rodríguez Vilá.
Foto: Archivo

Al determinar que “no surge prueba alguna que permita concluir que este sufrió daños en su reputación” la decisión de apelaciones escrita por el juez Waldemar Rivera Torres, un exalcalde de Villalba por el Partido Popular Democrático, resalta el testimonio de Romero Barceló de que “políticamente no sentía nada, pero en términos del público sí, sentí frialdad, pero después fue desapareciendo”.

“Sumamente molesto y a veces casi... bueno, quizás no, por mucho tiempo yo diría semanas y unos cuantos meses que me despertaba con coraje”, añadió en su testimonio y también que “y lo que me ha dolido fue personas que no sabían de nada apoyando y diciendo que Chi Chi era una gran persona y yo un mentiroso. Y en las redes sociales salió por todos lados, en las redes sociales continuamente. Barbaridades que salían en las redes sociales, insultos hacía mí”.

En su análisis, la mayoría del Supremo avaló como prueba suficiente de los daños las expresiones de Romero Barceló de que se sintió “bien molesto” cuando escuchó las expresiones de Rodríguez Vilá y que durante semanas, y unos cuantos meses, se "despertaba de noche con coraje". “[E]l incidente le había causado, no algunos desvelos, sino ‘muchos’", enfatizó el Alto Foro.

Sobre Donnelly McCallum, el Supremo resaltó como prueba de sus angustias que “ver a su esposo en ese estado la hacía sentirse ‘mal’”.

“En su testimonio en el juicio, el señor Romero Barceló admitió que nunca sintió desprecio por parte de sus compañeros por razón de las expresiones difamatorias en su contra y que, aunque sintió ‘frialdad [del público] por un tiempo’, esta ‘después fue desapareciendo’. Los únicos otros indicios al que aludió en su testimonio de que su reputación sufrió daños fueron comentarios negativos que realizaron personas desconocidas en las redes sociales. Esa evidencia, a todas luces, resulta insuficiente para concluir que el señor Romero Barceló sufrió daños concretos y duraderos a su reputación ascendentes a $200,000”, dijeron las juezas disidentes sobre el testimonio del exgobernador que avalaron el Tribunal de Primera Instancia y el Supremo.

Para ver la sentencia del Tribunal Supremo, pulse aquí.

PDF: Sentencia del Tribunal Supremo en caso de Carlos Romero Barceló v Juan Antonio Chi Chi Rodríguez Vilá agosto 2020
Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.