En pie las demandas contra las órdenes de encierro, o “toque de queda”
Las reclamaciones legales activas están relacionadas a la permanencia de una orden de encierro, al discrimen en la aplicación de la orden presentada por el Auto Cine Santana y a la respuesta gubernamental en los comedores escolares.
Aunque hoy martes 16 de junio comienza a regir una nueva Orden Ejecutiva por la todavía declarada orden de emergencia por el coronavirus, la quinta orden desde el 15 de marzo, en el Tribunal de Primera Instancia todavía están activas reclamaciones legales relacionadas a la permanencia de una orden de encierro, al discrimen en la aplicación de la orden y a la respuesta gubernamental en los comedores escolares.
En la demanda más amplia, la que sometieron la semana pasada los propietarios del Auto Cine Santana junto a ciudadanos de 11 municipios, los demandantes radicaron hoy una moción dejando claro que los cambios que la gobernadora Wanda Vázquez Garced anunció la semana pasada no eliminan su pleito ya que se mantiene una orden de encierro, “lockdown” o “toque de queda” para el cual sostienen que la mandataria no tiene autoridad legal.
Con la Orden Ejecutiva que entra en vigor el 16 de junio hasta el 30 de junio, el “lockdown” se habrá extendido por 106 días, lo que lo haría el de mayor duración en todo Estados Unidos. Cuando Vázquez Garced anunció la nueva orden con un toque de queda de horario reducido, no pudo dar argumentos científicos para extender el toque de queda diciendo que se trataba de una medida “para mantener el control” y “para que los ciudadanos sepan que estamos en una pandemia”. A la misma vez, argumentó que las cifras que maneja el gobierno le permiten concluir que la pandemia está “bajo control” en Puerto Rico.
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“Es evidente que la prohibición del libre movimiento de las personas y la operación de negocios desde las 10:00 de la noche no adelanta ningún interés de salud pública, sino que, según admitido por la propia Gobernadora, se trata de un mecanismo de control sobre los ciudadanos. El riesgo de contagio del coronavirus (y de cualquier otro virus) no es mayor después de las 10:00 de la noche. Los negocios están acostumbrados a operar los domingos, son sus dueños quienes deciden cómo manejar sus inventarios y mantener sus instalaciones, y las cadenas de distribución no han dejado de operar. Además, las personas tienen derecho a trabajar y operar sus negocios las 24 horas del día y el ejercicio de sus derechos fundamentales opera todo el día y no se suspenden después de las 10:00 de la noche. Además, la fiscalización del toque de queda se presta para que, so pretexto de una violación al toque de queda, policías puedan intervenir selectivamente contra las personas más vulnerables sin motivo fundado ni justa causa a base de razones discriminatorias”, argumentaron los demandantes en una moción que sometieron ayer al juez Anthony Cuevas Ramos para adelantar su posición de que los cambios en la orden no eliminan los reclamos de su demanda, por lo que le piden que prosiga con el caso y actúe en derecho.
La Gobernadora hizo el anuncio de los cambios de la orden en la sede del cine de Montehiedra, que opera la empresa Caribbean Cinemas, en lo que fue ampliamente cuestionado por la promoción que eso significaba para una empresa privada y porque se interpretó como una riposta a la demanda del Auto Cine Santana.
En su moción de hoy, los demandantes sostienen que los cambios en la orden todavía limitan sus derechos y libertades así como que siguen afectando la operación de su negocio, el cual solo puede operar en horas de la noche porque la luz del día no permite apreciar las películas desde los autos. El encierro, que cambia de las 7:00 pm a las 10:00 pm, todavía les limita las tandas que pueden realizar.
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En su pleito de la semana pasada, plantearon que su reclamo no es por detalles dentro de la orden sino por su argumento de que la Gobernadora sencillamente no tiene autoridad en ley ni en la Constitución para emitir las órdenes y que nunca ha tenido esa autoridad, por lo que las órdenes ejecutivas que limitan los derechos y libertades constitucionales por el coronavirus son ilegales desde la primera.
“Bajo la nueva orden anunciada, los derechos fundamentales de los demandantes y los de todos los ciudadanos de la Isla siguen siendo violentados mediante una acción no legitimada de la Gobernadora que continúa pretendiendo gobernar por decreto”, añadieron en su moción a la vez que subrayaron que lo que se hizo en la nueva orden fue un “juego de palabras” que no curó ni cambió las violaciones de derechos.
Motoras acuáticas y comedores escolares
El juez Cuevas Ramos tiene ante sí otros dos pleitos relacionados con la pandemia.
Por un lado, el juez ordenó que el gobierno tiene 24 horas, un plazo que vence hoy martes 16 de junio, para confirmar si la nueva Orden Ejecutiva mantiene la prohibición del uso de motoras acuáticas, o no. Esto como parte del pleito que sometió el abogado Gabriel Ernesto Olivieri Miranda el 27 de mayo pasado en el que sostuvo que la orden que está vigente hasta ayer 15 de junio es discriminatoria contra los propietarios y usuarios de motoras acuáticas en la medida en que permite actividades acuáticas y la operación de embarcaciones, pero no la de motoras acuáticas.
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Por otro lado, Cuevas Ramos emitió una orden el 15 de junio en la que mantiene la posibilidad de encontrar al secretario de Educación, Eligio Hernández Pérez, incurso en desacato de la sentencia del tribunal que dictó la apertura y operación de los comedores escolares que el gobierno había insistido en mantener cerrados desde el inicio de la emergencia por la pandemia en marzo.
“Se les advierte a las partes que, el asunto pendiente de resolver por este Tribunal estará sujeto a la prueba presentada que pueda demostrar que el Departamento de Educación no cumplió con la apertura de todos los comedores escolares que sean necesarios para alimentar a toda la población en estado de necesidad producto de la situación de emergencia provocada por el COVID-19”, dijo el juez en la orden en la que pide a las partes presentar escritos y evidencia para sostener sus posiciones sobre el cumplimiento del departamento de la sentencia.