Escuelas charter son constitucionales, dice el Supremo
Las escuelas charter podrán continuar su desarrollo como lo plantea el Departamento de Educación tras la determinación del Tribunal Supremo que hoy paralizó una sentencia de un tribunal inferior que había declarado inconstitucional ese proyecto.
El mes pasado, el Supremo había paralizado una determinación del Tribunal de Primera Instancia que declaró inconstitucional parte de la reforma educativa.
Luego que el Tribunal de Primera Instancia de San Juan determinara que los programas de Escuelas Públicas Alianza (Escuelas Alianza) y Libre Selección de Escuelas (Libre Selección) contenidos en la Ley de Reforma Educativa son inconstitucionales, el Departamento de Justicia y la Oficina del Procurador General habían presentado ante el Supremo un recurso de certificación para revisar la determinación de Instancia.
'Solicitamos al Tribunal Supremo que revise la decisión del foro primario y, para evitar que se haga academica la controversia, que se haga de forma expedita para continuar con los procesos de selección de las entidades educativas sin fines de lucro que empezarán este próximo agosto a transformar nuestro sistema público de educación', expuso en comunicado de prensa el secretario de Asuntos Públicos de la Fortaleza, Ramón Rosario.
En una determinación escrita por la jueza Iris Cancio González, el ente judicial anuló esos dos programas por entender que incumplen con la Cláusula de Sostenimiento de la Constitución de Puerto Rico, la cual prohíbe el traspaso de propiedad y/o fondos públicos a instituciones educativas privadas, ya sean primarias o secundarias.
La preocupación principal del tribunal se centró en que pese a las múltiples condiciones impuestas por el DE sería imposible no considerar las Escuelas Públicas Alianza como entidades privadas. Del mismo modo, la 'Libre Selección de Escuelas' contiene un problema de lenguaje que resulta ser discriminatorio contra aquellos estudiantes de escuelas privadas.
Mientras, la secretaria del DE, Julia Keleher, se mostró complacida con la determinación del máximo foro por entender que ambos programas son parte fundamental de la transformación que se busca lograr en el sistema público de enseñanza.
Por su parte, la presidenta de la Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR), Aida Díaz, expresó que, 'Es sentencia, no opinión, o sea no hay jurisprudencia. Eso significa que, contrario a lo que dicen en algunos medios, no se revocó. Lo trataron sin vinculación al caso del 1993. Esperábamos esa decisión, y es lamentable porque albergábamos la esperanza de que hubiera justicia. Nuestros abogados están analizando un recurso de revisión y no se descarta el foro federal. Sin embargo, es importante recordar que las charter que abran en Puerto Rico tienen que operar como escuelas públicas no como privadas. Eso significa que el operador tiene que respetar los derechos adquiridos de los maestros, su unión y el convenio, pues será patrono sucesor. Y nosotros tenemos un compromiso con los padres de velar por los derechos de sus hijos que son nuestros estudiantes'.
Por otro lado, Kelher explicó en comunicado de prensa que durante los pasados meses el equipo de la Oficina de Asuntos Federales (OFA) del Departamento trabajó intensamente con los procesos de evaluación de las distintas propuestas que fueron presentadas por entidades interesadas en participar del proyecto de Escuelas Alianza o charter.
La evaluación incluyó paneles de lectores que hicieron la primera revisión de las propuestas y le dieron calificaciones así como entrevistas a los proponentes por parte de un Comite Asesor que presentó sus recomendaciones a posteriori.
Tan pronto como la semana próxima es posible que se den a conocer los resultados finales de todo el proceso de evaluación.
Puede leer la decisión del Supremo a continuación.