Supremo avala la certificación de Rosselló Nevares a la Delegación Congresional
A 24 horas de recibir los argumentos del querellante, el Comisionado Electoral de Proyecto Dignidad, el Alto Foro avala la decisión de Apelaciones que permitió certificación de Rosselló como delegado.
El Tribunal Supremo resolvió hoy la controversia de la certificación y elección del exgobernador Ricardo Rosselló Nevares mediante una expresión escueta que no discute fundamentos y solo indica que la decisión del Tribunal de Apelaciones es “sustancialmente correcta”.
La acción del Supremo es una denegatoria a acoger el caso para resolución, lo cual usualmente se resuelve con un “ha lugar” o “no ha lugar”, por lo que decidir no acoger el recurso diciendo, a la vez, que la decisión de Apelaciones está “sustancialmente correcta” es una de muchas particularidades en la acción de hoy.
Salta a la vista que se tomó a 24 horas de que el querellante del caso, el Comisionado Electora de Proyecto Dignidad (PD), hubiera sometido sus argumentos; se tomó sin que ni siquiera presentaran escritos Rosselló Nevares como querellado o la Comisionada Electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), que fue la parte a la que Apelaciones respondió de una manera cuestionable porque el PNP no es una parte formal en el caso sino solo una parte con interés.
También, se emitió solo por una Sala de Verano, en vez de por el pleno completo del Supremo. Y, de hecho fue una Sala de Verano especial a la que se añadió el juez asociado Roberto Feliberti Cintrón como voto de desempate porque los miembros originales de la Sala de Verano estaban divididos. A favor de avalar la certificación y elección estaban los jueces asociados Mildred Pabón Charneco y Edgardo Rivera García, mientras que en contra estaban la jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez y el juez asociado Luis F. Estrella Martínez, quien fue el único que escribió una opinión separada discutiendo los elementos y méritos del caso.
Esa misma mayoría en la Sala de Verano rehusó someter el caso al pleno de los ocho jueces que actualmente componen la curia, según consignó Oronoz Rodríguez en una expresión en la que opinó que debió ser referido al pleno por ser “un asunto novel e importante para el derecho electoral que amerita una expresión del Máximo Foro judicial”.
El comisionado electoral de PD, Nelson Rosario Rodríguez, adelantó que buscaría una reconsideración del Alto Foro. Una parte afectada por una determinación tiene hasta dos oportunidades para pedir reconsideración. En su escrito al Supremo el lunes, Rosario Rodríguez había resaltado un aspecto que la disidencia de Estrella Martínez no tocó, que Apelaciones no tenía jurisdicción para atender el caso porque el afectado por la decisión, que era Rosselló Nevares, no acudió a ese foro dentro del término establecido y se quedó fuera. El tribunal intermedio, añadió, resolvió con los argumentos del PNP que no es una parte afectada, sino solo interesada y que, por el propio razonamiento del Apelativo, ni siquiera tendría legitimación para llevar el caso porque una de las cosas que determinó ese foro es que había que esperar a que Rosselló Nevares fuera certificado para entonces impugnarlo y que, en ese momento, solo podría impugnarlo uno de los candidatos perdedores en la elección, no un comisionado electoral.
En este caso, el Supremo no dirimió nada de eso para declarar “sustancialmente correcta” la sentencia de Apelaciones y dos de sus miembros, Oronoz Rodríguez y Estrella Martínez, recalcaron que se debió aprovechar la oportunidad para sentar pauta legal sobre los requisitos de los cargos y los que son electos a los mismos por nominación directa.
Rosselló Nevares fue certificado y juramentó como delegado congresional el 7 de julio después de que Apelaciones lo permitiera aún antes de emitir su determinación final.
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