Tribunal tumba un nombramiento a la Administración Pierluisi
Se trata de la corporación que rige las cooperativas, donde se ordenó que la persona designada por el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia cese y desista de ocupar el cargo.
El Tribunal de Primera Instancia declaró nulo el nombramiento de Mabel Jiménez Miranda como presidenta ejecutiva interina de la Corporación Pública para la Supervisión y Seguro de Cooperativas (COSSEC), el ente público que regula el sector cooperativista en la isla.
Además, el juez Anthony Cuevas Ramos emitió un cese y desista contra la funcionaria aunque no accedió a emitir una orden para que devuelva el salario devengado en el tiempo en que su nombramiento fue nulo ni a emitir una orden para que se haga una nueva designación al cargo.
La demanda fue promovida por la Liga de Cooperativas, cuyos miembros habían votado en contra del nombramiento en los dos grupos que la ley dice que tienen que aprobar la presidencia ejecutiva de COSSEC: la propia Junta de Directores de COSSEC y la Junta Rectora de la Comisión de Desarrollo Cooperativo.
El 28 de enero pasado, la designación fue aprobada por la Junta de Directores de COSSEC con voto en contra del representante de la Liga. Luego de eso, la ley indica que la Junta Rectora tiene que ratificar el nombramiento con un mínimo de siete votos a favor, pero Jiménez Miranda solo tuvo seis votos a favor en la votación de la Junta Rectora el 19 de marzo. Sin embargo, la Junta de Directores de COSSEC decidió emitir una votación para extender su designación como presidenta ejecutiva interina, una facultad que la Junta no tiene en la ley de la corporación pública.
“El rechazo de un nombramiento en propiedad es una expresión clara de la entidad con derecho de aprobación del nombramiento del rechazo del candidato y su capacidad para llevar a cabo las funciones y cumplir con las obligaciones del puesto. El nombrar a un candidato quien fue rechazado para el puesto en propiedad es un subterfugio para ir en contra de la determinación del cuerpo o entidad quien tiene el poder de aprobar tal nombramiento”, argumentó el juez Cuevas Ramos.
“En este caso, la Junta Rectora de CDCOOP, quien debe aprobar el nombramiento del Presidente Ejecutivo, expresamente rechazó el nombramiento de la Sra. Jiménez al no tener los 7 de 10 votos necesarios para la aprobación del nombramiento. Tan pronto esto sucedió, la Sra. Jiménez no puede ocupar el cargo de Presidenta Ejecutiva interina pues es contrario a la determinación de la Junta Rectora de CDCOOP quien ya determinó que esta no está aprobada para tal posición”, añadió.
“[S]e declara nulo el nombramiento de la Sra.Jiménez como Presidenta Ejecutiva interina de COSSEC. Además, ordenamos a la Sra. Jiménez a que cese y desista de ocupar la posición de Presidenta Ejecutiva Interina de COSSEC”, concluyó el juez.
Antes de la designación de Jiménez Miranda en enero, COSSEC tuvo un nombramiento de Presidente Ejecutivo hecho por la exgobernadora Wanda Vázquez Garced que ambas juntas aprobaron y que contaba con el consenso del sector, por lo que resultó una sorpresa cuando la nueva administración hizo el cambio.
La puja por el poder del regulador del sector cooperativista ocurre en momentos en que el integrante más numérico del sector, las cooperativas de ahorro y crédito, registró el año pasado su mayor crecimiento de activos en 10 años. Además, el sector enfrenta la presión de la Junta de Supervisión Fiscal mediante un Plan Fiscal que busca reorganizarlo, incluyendo cambiar la composición de la Junta de Directores de COSSEC y hacerlo el único ente colegiado en el liderato del sector.
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