No causa contra Tego Calderón
La jueza Yazdel A. Ramos Colón no halló causa durante la vista preliminar contra el cantante urbano Tego Calderón, por una violación al artículo 2.8 de la Ley 54 de violencia doméstica, por un supuesto contacto telefónico con su ex pareja Katiria Millán.
Durante la audiencia de esta mañana en el Centro Judicial de San Juan, Millán relató a la fiscal Ivette Nieves Cordero que mantuvo una 'relación consensual y laboral' con Calderón durante un año, y que llegó a su final entre el 4 de diciembre de 2018 y el 8 de marzo de 2019, 'de manera inconsistente'. Después del 8 de marzo de 2019, dijo, fue que comenzaron 'los mensajes amenazantes' por lo que solicitó una orden de protección que fue expedida desde el 6 de junio hasta el 6 de diciembre de 2019.
Luego, el 19 de junio, se encontraba en su negocio de Santiago Iglesias y recibió una llamada del cantante, alrededor de las 5:00 de la tarde.
'Me quedé fría, no sabía si contestar. Me quedé en estado de shock, porque le tengo un poco de temor. Tengo miedo de que esa persona se acerque a mí. No me podía llamar. Me quedé fría, no sabía si contestar. Estaba sola en mi negocio. Contesté por si estaba cerca tomar las medidas y protegerme', dijo en sala.
Millán aseguró que el cantante le preguntó cómo estaba y que si le podía hacer una pregunta. Alegó que ella le dijo que esa llamada podía tener consecuencias, y que luego decía incoherencias. Una vez finalizó la llamada, relató, llamó a su abogado y dejó en sus manos el asunto. La mujer dijo que su representante legal le propuso que llamaría a los abogados del cantante para que le llamaran la atención y ahí quedó todo.
'Como 15 minutos después, recibió un mensaje de texto que decía: ‘Mala mía, se marcó'. Entonces, ahí mi abogado me dijo que teníamos que ir al cuartel porque esto iba a continuar', dijo.
Al turno del abogado defensor, Mario Moczó, la testigo fue confrontada con varias preguntas relacionadas a la declaración jurada y le cuestionó por qué, si sentía temor, no llamó al 911 o al cuartel más cercano, en lugar de llamar a su abogado.
Además, expuso que, como nunca se refirió a la querellante por su nombre y 'no entendía' lo que decía, posiblemente no le hablaba a ella. Estableció que después del mensaje, 'Mala mía, se marcó', no hubo más contacto.
En su turno final, Moczó enfatizó en que la propia testigo aseguró no haber entendido lo que el cantante decía y aseguró que a todo el mundo se le marca un celular.
'En tres minutos la dama no entiende nada de lo que se está hablando. La realidad es que los teléfonos de hoy se marcan hasta en el bolsillo. Es algo que todo el mundo le pasa. En un texto de ‘mala mía se marcó', usted puede entender que no hay intención criminal. Las órdenes se tienen que violar con intención', dijo Moczó.
El Ministerio, por su parte, argumentó que una orden de protección se viola hasta con un texto de 'Feliz cumpleaños' ya que se estipula que no debe haber contacto alguno, independientemente el mensaje.
La Jueza sostuvo su decisión, según expresó, partiendo de las denuncias originales del caso en la que la querellante nunca hizo referencia a que el cantante se refirió a ella por su nombre.
La Fiscalía solicitó una vista en alzada que se verá el 10 de septiembre, en el piso 11 del Tribunal de San Juan.
Tego Calderón, cantante de reggaeton y hip hop puertorriqueño. (Nahira Montcourt / NotiCel)