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Tribunales

Supremo dice que toda colegiación compulsoria es inconstitucional

El caso era sobre mecánicos pero lo ampliaron.

En una abarcadora expresión que incide sobre la economía y sobre procesos legislativos pendientes, una mayoría del Tribunal Supremo decretó que todas las colegiaciones profesionales que tienen naturaleza compulsoria con inconstitucionales por violentar el derecho de libre asociación.

La opinión del tribunal, emitida por voz de la jueza asociada Mildred Pabón Charneco, tiene fecha del 8 de mayo pero fue conocida hoy y toma de punto de partida un caso que varios tecnicos automotrices sometieron en 2015 contra el Colegio de Tecnicos y Mecánicos Automotrices de Puerto Rico y el Gobierno de Puerto Rico pidiendo que se declarara la inconstitucionalidad del requisito de colegiación compulsoria incluido en la Ley 50, que es la que crea el Colegio.

Inicialmente, el Estado y el Colegio se opusieron y defendieron la constitucionalidad de la colegiación compulsoria,. Pero, despues de que el Tribunal de Primera Instancia le diera la razón a los tecnicos a la luz de lo que el Supremo había resuelto en el caso en el que eliminaron la colegiación compulsoria de abogados, el Estado cambió de posición y se allanó a que el precedente de los abogados aplicaba a este caso tambien.

El Tribunal de Apelaciones sostuvo la sentencia de Instancia, pero no se basó en que el caso de los abogados aplicaba a otras profesiones, sino que resolvió a favor de los tecnicos automotrices por otros fundamentos.

Ahora el Supremo, en una expresión cuya amplitud fue criticada por jueces en minoría, sostuvo que sí, que el caso de la inconstitucionalidad de la colegiación compulsoria de abogados no se limita a esa profesión, sino que aplica a todas.

'Lo contrario, sería concluir que los demás profesionales tienen menos derechos que los abogados frente al Estado. Ello es improcedente', dijo la jueza ponente, quien añadió que es a traves de las distintas Juntas Examinadoras que se debe dar la regulación de las profesiones y que la Legisllatura tiene poder para crear colegios profesionales, pero no para crearlos con colegiación compulsoria. Sólo la demostración de la existencia de un 'interes apremiante' del Estado, la más alta de las varas para medir constitucionalmente la actuación gubernamental, daría pie a limitar el derecho a la libre asociación, añadió.

Aunque votó con el bloque mayoritario, el juez asociado Luis Estrella Martínez hizo unas expresiones en contra de lo que decidió el tribunal en este caso.

'{L]o hoy resuelto por este Tribunal no debió convertirse en una norma de aplicación general que vete de antemano la facultad del Estado de regular y controlar el ejercicio de algunas profesiones mediante la institución de un esquema de colegiación compulsoria para las mismas, siempre y cuando el interes público, la seguridad y la protección de la ciudadanía así lo requiera y ello cumpla con los parámetros constitucionales aplicables', dijo.

Los jueces Ángel Colón, Maite Oronoz y Anabelle Rodríguez votaron en contra.

Actualmente, hay al menos 28 proyectos pendientes en la Legislatura para eliminar la colegiación compuksoria en igual número de profesiones.

Mira la opinión del tribunal pulsando aquí

(Archivo/ EFE)

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