El PPD defiende su caso ante Irizarry Pabón al oponerse a su solicitud de desestimación
Los abogados populares señalan que la Ley Electoral y el reglamento interno del PPD facultan a su secretario general a solicitar la descalificación del candidato.
La representación legal del Partido Popular Democrático (PPD) defendió ayer en una moción al tribunal los méritos de su querella contra el alcalde ponceño Luis Irizarry Pabón al plantear, entre otras cosas, la validez del acuerdo firmado por el ejecutivo y el liderato de la colectividad.
Le tocaba a los abogados del partido responder a la solicitud de desestimación de la querella presentada por la defensa Irizarry Pabón y así lo hicieron.
El acuerdo institucional fue el documento en que se estipuló que Irizarry Pabón desistiría de sus aspiraciones a la reelección en Ponce si su caso criminal no era resuelto en o antes del 28 de febrero, algo que no ocurrió.
Por un lado, los abogados populares Guillermo San Antonio Acha y Luis Vega Berríos señalaron que la controversia no puede ser atendida como un asunto disciplinario al interior del partido debido a que la Ley Electoral solo faculta al tribunal a revocar la certificación de un candidato expedida por la Comisión Estatal de Elecciones.
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Este es el caso de Irizarry Pabón.
Señaron que el acuerdo o compromiso institucional es válido, con eficacia jurídica y conforme al reglamento del PPD.
El referido reglamento reconoce expresamente que se pueden realizar acuerdos institucionales con los aspirantes y candidatos lo cual es totalmente válido. Contrario a lo alegado por la parte querellada, la candidatura del Dr. Irizarry Pabón no fue condicionada a hechos inciertos o a requisitos adicionales de manera retroactiva”, indicaron al argumentar que Irizarry Pabón firmó el acuerdo anticipando que la comisión evaluadora del partido lo descalificaría como candidato.
Irizarry Pabón firmó el acuerdo con el PPD el 19 de diciembre y los abogados populares llevan ante la atención del juez Anthony Cuevas Ramos el texto del documento, resaltando el compromiso de Irizarry Pabón y cómo el representante Ángel Fourquet, a partir del 28 de febrero “podrá considerar, a su total discreción, participar como aspirante o candidato a la alcaldía de Ponce por el PPD”.
Los letrados señalan también que la Ley Electoral permite que un partido busque la descalificación de un candidato si ha violentado, entre otras cosas, el reglamento de su partido y el propio Reglamento para la Radicación de Candidaturas de los partidos políticos y candidaturas independientes de la Comisión Estatal de Elecciones señala también que cualquier aspirante o candidato tiene que cumplir con los reglamentos de su colectividad. Indicaron igualmente que el secretario general Gerardo “Toñito” tiene la capacidad por el cargo que ocupa de hacer valer el reglamento interno del PPD en virtud del artículo 123 del reglamento de la pava, que señala que esta figura “realizará todas las gestiones vitales del partido”, además de ser “ejecutivo político y administrativo” del partido.
Además, el reglamento del PPD le ordena velar por el cumplimiento del reglamento y de los acuerdos.
De otra parte, señalaron que el acuerdo contiene una condición suspensiva -que el caso criminal se resolviera en o antes del 28 de febrero- “totalmente válida y permitida en nuestro ordenamiento jurídico, y que obviamente la misma cobra eficacia una vez ocurre la condición”.