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Tribunales

Vuelve al tribunal candidato ''write in'' por la alcaldía de Guánica

Edgardo Cruz Vélez asegura que hay 177 votos que fueron adjudicados, pero no sumados

Edgardo Cruz Vélez
Foto: Redes Sociales

El candidato a alcalde de Guánica bajo la modalidad de nominación directa, Edgardo Cruz Vélez, no se rinde en su intento por convertirse en primer ejecutivo de su municipio.

Cinco meses después de la celebración de las elecciones generales, Cruz Vélez regresó al tribunal de Primera Instancia de San Juan para solicitar un Recurso de Revisión Judicial sobre una resolución emitida por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) el pasado 19 de abril en la que declaró “No Ha Lugar’’ su solicitud de Reconsolidación de actas para el precinto 048 del municipio de Guánica.

En su escrito, Cruz Vélez solicita que se deje sin efecto la Resolución CEE-RS-21-014 del 19 de abril de 2021 y ordene a la CEE a atender en sus méritos la Petición de Reconsolidación de Actas.

Además, pidió que se celebre una vista para atender su reclamo y que le ordene al CEE, luego de ventilados los procesos, certificar finalmente al candidato que obtuvo la mayor cantidad de votos por la alcaldía de Guánica.

Cruz Vélez asegura que, en su solicitud a la CEE del 29 de marzo pasado, presentó evidencia de que cincuenta (50) votos de la Unidad 079; y otros ciento veintisiete (127) votos pertenecientes a la Junta Administrativa de Voto Ausente y Voto Adelantado (JAVAA), a pesar de haber sido adjudicados, no están considerados y/o sumados en el Informe Preliminar del 21 de diciembre de 2020 que refleja la cantidad de votos a favor de Cruz Vélez.

“Es decir, se presentó una petición que buscaba sumar lo que ya había sido adjudicado; para que así la CEE corrija un simple error aritmético que cometió. Sin embargo, la CEE declaró No Ha Lugar a nuestra petición”, resumió Cruz Vélez en su actual petición.

El Candidato del Partido Popular Democrático (PPD), Ismael “Titi” Rodríguez fue certificado como ganador de la contienda por la alcaldía de Guánica, aunque más adelante la CEE decretó ganador a Cruz Vélez.

Sin embargo, el Tribunal de Primera Instancia determinó que se declararan nulos 38 votos de Cruz Vélez por haberse contado doble.

Cruz Vélez acudió al Tribunal de Apelaciones en un intento para que se descertificara a Rodríguez como alcalde, pero el 4 de marzo ese foro declaró “No Ha Lugar” su petición.

La súplica de Cruz Vélez se elevó al Supremo, pero tuvo como resultado una decisión dividida de 4-4, por lo que se confirmó la determinación del foro de Primera Instancia.

En esta ocasión, el candidato por nominación directa reclama que su solicitud de reconsolidación de actas buscaba corregir el error matemático “que a todas luces cambiaría los resultados de la contienda electoral y, finalmente darle certeza al Pueblo de Puerto Rico de la persona que obtuvo la mayoría de los votos para la Alcaldía de Guánica”.

Recordó que cuando el Tribunal de Apelaciones emitió su sentencia, procedió a "devolver el asunto ante la CEE para que proceda conforme lo aquí resuelto sin menoscabo y prejuzgar cualquier otro planteamiento que surja dentro del debido proceso pendiente”.

“Sin embargo, en un acto sin precedentes, el presidente de la CEE decidió no otorgarle el peso adecuado al mandato del Tribunal de Apelaciones. Lacerando así nuestro sistema jurídico y democrático al negar una petición que claramente surge dentro del debido proceso pendiente ante la CEE", lee su petición.

''Por ende, entendemos con mucho respeto que la Resolución CEE-RS-2 1-014 emitida el lunes, 19 de abril de 2021 por la CEE, mediante su juez presidente, debe ser revocada por ser contraria a derecho y contraria a una orden judicial que al momento de los hechos ya ha advenido final y firme”, agrega en el escrito.

Al momento, Rodríguez funge como alcalde de Guánica por certificación de la CEE.

Tribunal señala vista para el 7 de mayo

Por su parte, el juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, emitió de inmediato una orden para mostrar causa y señaló una vista argumentativa para el próximo 7 de mayo a las 10:00 a.m.

En su determinación, el juez Cuevas Ramos señaló que la parte la CEE, representada por su presidente Francisco Rosado Colomer y los comisionados electores de los partidos inscritos, así como los candidatos inscritos a la alcaldía de Guánica, tendrán hasta el próximo lunes, 3 de mayo de 2021 a las 4:00 p.m., para que muestren causa por la cual no se deba conceder el remedio solicitado.

''La parte peticionada queda advertida que, transcurrido dicho término sin haber actuado, compareciendo por escrito a mostrar causa, este Tribunal procederá a conceder los remedios solicitados sin más citarle, oírle ni leerle'', dictaminó el juez.

La vista del 7 de mayo se llevará a cabo de manera virtual a través de la aplicación Zoom.

Vea aquí el recurso sometido por Edgardo Cruz Vélez.

PDF: Recurso Revisión Guánica.pdf

Vea aquí la determinación del Juez Anthony Cuevas Ramos.

PDF: Orden_2894624.pdf